El Gobierno aprobó un "Protocolo de Protección" para periodistas

El Gobierno aprobó un

Se oficializó en Boletín Oficial

Estará bajo la órbita del Ministerio de Seguridad. Será para garantizar investigaciones sobre narcotráfico y trata de personas, entre otros temas.

El Ministerio de Seguridad oficializó el Protocolo de Actuación para la Protección de la Actividad Periodística, que había anunciado la semana pasada la ministra Patricia Bullrrich. El protocolo está destinado a proteger a la libertad de prensa, en casos de agresión a periodistas en casos de narcotráfico, corrupción y trata de personas, entre otros, “así como también casos de autocensura, es decir, situaciones ante las cuales el periodista decide abstenerse de realizar su misión periodística por la presión que ejercen determinados grupos, instituciones o asociaciones, como ser partidos políticos, sindicatos, fuerzas de seguridad o fuerzas armadas, grupos delictivos, mafias, clubes de fútbol o sus simpatizantes, entre otros”, según la Resolución 479, publicada hoy en el Boletín Oficial.

Cuando se presentó el protocolo, durante la Asamblea General de ADEPA, la ministra Bullrich señaló que “este es un primer acuerdo para que los periodistas se puedan meter a fondo en la investigación de delitos que son un flagelo en todo el país. ADEPA y FOPEA nos propusieron trabajar en conjunto en este protocolo. Nos pareció un instrumento de suma importancia”.

La funcionaria agregó: “En esta primera etapa planteamos los delitos federales, pero esperamos que también se adhieran las provincias para poder trabajar con las policías locales y lograr que los ministerios tomen medidas porque este tipo de situaciones no se presenta solo en delitos complejos sino también en los comunes”.

El Protocolo establece medidas de protección para los periodistas que consideren que están en situación de riesgo o que sean informados por la Comisión para la Evaluación de Riesgos de la Actividad Periodística. Esa comisión va a estar integrada por representantes de la Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (ADEPA) y el Foro de Periodismo Argentino (FOPEA).

Estos son los puntos más importantes:

Objeto

​- El presente protocolo tiene por objeto establecer, las medidas y procedimientos a ser implementados por las Fuerzas Policiales y de Seguridad con el objeto de garantizar el libre desarrollo de la actividad periodística en el territorio del país.

- El Protocolo será de aplicación cuando el desarrollo de la actividad periodística pueda acarrear riesgos para el periodista y se relacione, directa o indirectamente con hechos de interés institucional tales como:

1.- Hechos relacionados con la producción, tráfico, transporte, almacenamiento o comercialización de estupefacientes.

2.- Hechos relacionados con el contrabando de mercaderías o el tráfico ilegal de personas.

3.- Hechos destinados a aterrorizar a la población.

4.- Hechos relacionados con la corrupción en el ejercicio de la función pública en el ámbito nacional, provincial o municipal.

5.- Hechos relacionados con la actuación de los funcionarios públicos en el ámbito nacional, provincial o municipal.

“2016 – Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional” Ministerio de Seguridad 6.- Hechos relacionados con la trata de personas humanas.

7.- Hechos relacionados con la privación ilegítima de la libertad de personas humanas.

8.- Hechos relacionados con la formación y funcionamiento de asociaciones ilícitas y de sus integrantes.

9.- Hechos relacionados con el lavado de activos y prevención del terrorismo.

10.- Hechos relacionados con el abuso de autoridad y violación de los deberes de los funcionarios públicos, cohecho y tráfico de influencias, malversación de caudales públicos, negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública, exacciones ilegales, enriquecimiento ilícito de funcionarios y empleados públicos, prevaricato, traición a la patria, la dignidad de la Nación, atentados al orden constitucional y a la vida democrática o sedición.

11.- Hechos relacionados con la violencia institucional y la protección de los derechos humanos.

12.- Hechos relacionados con la violencia en el fútbol.

13.- Hechos relacionados con la violación de los derechos del usuario o consumidor, la lealtad en la competencia económica, la preservación del medio ambiente sustentable, la transparencia y democracia gremial y los relacionados con la violencia de género, la diversidad y la no discriminación.

Generalidades.

- El presente Protocolo es de aplicación obligatoria en todo el país para el personal de Gendarmería Nacional Argentina, Prefectura Naval Argentina, Policía “2016 – Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional” Ministerio de Seguridad Federal Argentina y Policía de Seguridad Aeroportuaria, debiendo su accionar ajustarse en un todo a la Constitución Nacional, las leyes penales, las pautas procesales y los protocolos vigentes.

- Las provincias podrán adherir al presente Protocolo a partir de la publicación del mismo en el Boletín Oficial de la República Argentina mediante la suscripción del instrumento respectivo.

Sujetos Protegidos.

- El Protocolo será de aplicación a los periodistas que realicen actividades de investigación o cualquier tarea de cooperación necesaria a los fines del desarrollo de las misiones periodísticas profesionales enunciadas en el apartado 1.

Solicitud de Protección. Vías.

- Los periodistas que se encuentren desarrollando o tengan intención de desarrollar actividades periodísticas de investigación relacionadas con los hechos descriptos y que consideren que dicha misión periodística pone o puede razonablemente poner en riesgo su vida, salud, integridad física o patrimonial, la de su familia o un tercero, podrán solicitar al MINISTERIO DE SEGURIDAD la ejecución de medidas de protección en los términos establecidos en este Protocolo.

- Los periodistas podrán informar la existencia de la situación de riesgo a través de las siguientes vías (i) a través de la ASOCIACIÓN DE ENTIDADES PERIODÍSTICAS ARGENTINA (ADEPA) o el FORO DE PERIODISMO ARGENTINO (FOPEA) para ponerla en conocimiento y someterla a la evaluación de la COMISIÓN “2016 – Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional” Ministerio de Seguridad PARA LA EVALUACIÓN DE RIESGOS DE LA ACTIVIDAD PERIODÍSTICA; o (ii) directamente ante el MINISTERIO DE SEGURIDAD.

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