Gestionan acciones para que los vecinos del lote rural “Don Juan” no se inunden por lluvias

Gestionan acciones para que los vecinos del lote rural “Don Juan” no se inunden por lluvias
La problemática se plantea, en las obligaciones que estarían a cargo de organismos de jurisdicción nacional y provincial, además de las que posee el propietario del terreno loteado a través de una inmobiliaria del medio.

Frente a formales presentaciones efectuadas por los vecinos del Lote Rural Nº 165 – Loteo “Don Juan” el que se ubica frente a la Virgen del Carmen y el Gauchito Gil, punto cardinal Sur de la ciudad y Ruta Nacional Nº 11, la Defensoría del Pueblo intervino con carácter urgente ante la Inmobiliaria que intervino en la comercialización y ante las esferas del Distrito 22 de Vialidad Nacional y la Dirección de Vialidad Provincial, dado los problemas de anegamientos que se presentan en ese lugar.

El Defensor José Leonardo Gialluca, atendió el pedido de los numerosos vecinos que se acercaron hasta el Organismo de la Constitución y pidieron su mediación en forma urgente principalmente sobre algunos puntos que consideran como relevantes para, no inundarse en el lugar en el que actualmente varios de ellos viven permanentemente y otros que han adquirido los terrenos como inversión o para la construcción de casas – quintas de fin de semana.-

En primer término, el funcionario aclaro que el lote rural Nº 165 se encuentra fuera del ejido urbano de la ciudad de Formosa y en consecuencia cualquier tipo de trámite debe ser canalizado institucionalmente a través de la Dirección General de Catastro Territorial. El citado loteo, está aprobado por dicho Organismo en su distintas etapas según Expedientes de Mensura y División Nº 448-B-07, Nº 496-B07, Nº 86-F-08 y Nº 491-F-08, habiéndose cumplido con todos los requisitos que corresponden en principio a un loteo de esta naturaleza.-

Este loteamiento fue proyectado y aprobado, exclusivamente como “Barrio de Fin de Semana”, extremo este que fue explicado, según la Inmobiliaria interviniente en la comercialización a todos los compradores y además en cada uno de los diferentes Boletos de Compra Venta, en la cláusula 3ra se fijó que: “Asimismo queda convenido que la habitación deberá tener carácter temporal o transitorio no pudiendo darle otro destino como por ejemplo galpones, depósitos y otros usos. Se deja expresa constancia que el precio de compra del inmueble no comprende la prestación y/o instalación de servicios de ninguna índole, como así tampoco el mantenimiento de calles y/o avenidas que deberá gestionarse por cuenta y orden del comprador”

Se pudo obtener además, como información que a fin de prevenir los anegamientos por aguas de lluvias, se realizo una zanja a cielo abierto de 1300 metros de longitud por 90 centímetros de ancho y con una profundidad suficiente. En la calle interlote de los Lotes Rurales Nº 165 y 166 continuando por los Lotes Rurales Nº 151 y 152 , hasta la conexión con el canal paralelo a la Ruta Nacional Nº 11. Todo ello para que engarce con el desagüe natural de escurrimiento de las alcantarillas del Lote Rural Nº 130.-

De las constataciones llevadas adelante por la Defensoría del Pueblo se ha podido determinar que el principal problema que aqueja en la actualidad a numerosas familias que han decidido construir sus viviendas en el Lote Rural Nº 165 “Don Juan” y que “viven en forma permanente en dicho lugar, es la de lidiar con gravísimos inconvenientes por las inundaciones a las que quedan expuestos cuando se producen lluvias como las del viernes pasado”.

Por otro lado, el ombudsman provincial, manifestó que “más allá de que dicho loteo se encuentre encuadrado como Rural y fuera del ejido urbano y que su planificación se haya concretado con una posterior comercialización como “Barrio de Fin de Semana” no se puede de ninguna manera someter a los adquirientes de buena fe de los lotes a no poder concretar un uso y goce normal de su derecho de propiedad.- Por lo cual y dada las particularidades de este caso, analizado el mismo se presenta la necesidad de que intervengan, diferentes jurisdicciones, tanto la Nacional como la Provincial y también la Inmobiliaria en cuestión en nombre y representación de los propietarios del terreno.-

Desde el Organismo de la Constitución, expresaron que la solución de fondo pasaría por reactivar efectivamente un puente provisorio que actualmente se encuentra “abandonado” y que impide el paso de las aguas, el cual se encuentra a unos 400 metros aproximadamente de otro puente frente al Aeropuerto Internacional “El Pucu”, esto ingresaría en Jurisdicción de Vialidad Nacional. Asimismo, a la altura de la ex carnicería “El Chajá”, se encuentra un sector taponado, que fue construido sin autorización de ningún Organismo Público y que configura una calle de unos cinco metros de ancho que no posee los escurrimientos adecuados y que hace en la práctica de valla natural y de esa manera las aguas no vierten en el canal que existe paralelo a la Ruta Nacional Nº 11 (que a la fecha está en desuso), y que impide en la práctica que las aguas escurran por dicho canal para salir de allí hacia la Laguna Oca.

Por último, se aclaro que también debe tenerse en cuenta, que en el sector sur del loteo en cuestión existe una cota de 58,60 y en el sector norte la misma pasa a 57,30, encontrándose en dicho lugar los vecinos más perjudicados y que se inundan totalmente ya que entre una zona y otra se da una diferencia de un (1) metro y treinta (30) cm aproximadamente. Todas estas posturas serán conciliadas en el menor tiempo material posible, con cada una de las partes, todo en beneficio de los vecinos de dicha zona.-

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