Ganancias a Judiciales: 9 años de parálisis

La pretensión de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) de aplicar el Impuesto a las Ganancias a los sueldos de los empleados judiciales de Neuquén, cumplió ya nueve años de parálisis administrativa, sin que haya resolución sobre este tema.

Así surge de la última auditoría disponible del Tribunal de Cuentas de la Provincia, firmada a mediados de este año, y en donde se consigna que la pretensión de la AFIP está con un trámite “paralizado” desde el último rechazo registrado por parte de la Presidencia del Tribunal Superior de Justicia, en julio de 2004.

“Del análisis de los Estados Contables presentados no surgen cambios al respecto”, se afirma en los documentos oficiales.

El siguiente es el texto del informe del Tribunal de Cuentas al respecto:

En relación a la situación del organismo frente a la Administración Federal de Ingresos Públicos en cuanto a la determinación de oficio de la materia imponible de las retenciones en el Impuesto a las Ganancias correspondiente al personal en relación de dependencia, desde el último rechazo mediante oficio Nº 2529 de julio de 2004 por parte de la Presidencia del Tribunal Superior de Justicia a la pretensión de AFIP dicho trámite se encuentra paralizado, por tal como ha quedado reflejado en años anteriores en el Informe del Auditor-Aclaraciones Previas- subsiste aun la indefinición respecto a la pretensión de la Administración Federal de Ingresos Público de exigir la retención del Impuesto a las Ganancias sobre la nómina de empleados del Poder Judicial de Neuquén. Del análisis de los Estados Contables presentados no surgen cambios al respecto. Esta Auditoria por Nota 008/12 DPJ solicitó información del estado de la causa a la Administración General del Poder Judicial en fecha 22/11/2012, respondiendo la Auditora Interna que se ha solicitado a la Secretaría de Superintendencia su informe, en especial atención ante la Fiscalía de Estado sin que se haya respondido a la fecha de elevar la misma a esta Delegación in situ. En base a los movimientos que surgen de la consulta a la página web de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (Autos 291/2005 Tomo 41 Letra N), el expte tiene último movimiento registrado el día 20/03/2012 y se encuentra en el Despacho de la Secretaría de Juicios Originarios de la Corte Suprema de la Nación, se deja constancia que con fecha 02/04/2013 se ha corroborado dicha información en dicha página, sin que se han producido novedades respecto de lo informado por la Auditora Interna.

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