De forma obligatoria se deberá fijar un Domicilio Fiscal Electrónico

De forma obligatoria se deberá fijar un Domicilio Fiscal Electrónico

La Administración Tributaria de Mendoza instaló una nueva metodología para informar a los contribuyentes. Deberá ser chequeado dos veces por semana.

La Administración Tributaria de Mendoza  (ATM) estableció un nuevo sistema para informar a los contribuyentes de forma on line. A partir de esto, se deberá fijar un  "Domicilio Fiscal Electrónico”, que deberá ser chequeado semanalmente para informarse sobre las diferentes notificaciones que pudieran llegarle.

Desde la Dirección de Tecnologías de la Información de ATM informaron que se trata de un portal virtual (www.atm.mendoza.gov.ar) al que los contribuyentes deberán acceder, obligatoriamente, todos los martes y jueves.

"Es muy similar a una casilla de correo electrónico común y es de muy fácil manejo”, evaluaron desde la entidad.

Además, según el tipo de notificación que reciba el contribuyente, en caso de ser necesario, tendrá la posibilidad de trasladarse al portal Web de fiscalización y realizar allí mismo su descargo y/o presentar la documentación que considere necesaria.

La finalidad de este sistema, es que quienes deben realizar algún tipo de trámite no se encuentren obligados a trasladarse hasta las oficinas de la entidad.

¿Cómo se utiliza el Domicilio Fiscal Electrónico?

El contribuyente deberá ingresar al portal www.atm.mendoza.gov.ar, una vez allí hacer clic en el icono de “Oficina Virtual” donde se le dará la opción de iniciar sesión con su número de CUIT y clave (si ya es usuario registrado), o de registrarse en caso de no haberlo hecho aún.

Dentro de “Oficina Virtual”,  encontraremos la ventana de “Domicilio Fiscal Electrónico”, donde se puede consultar e imprimir los distintos mensajes, verificar la fecha de notificación e inclusive la fecha y hora de la lectura realizada por el contribuyente (la cual también podrá imprimirse como comprobante de lectura).

Los mensajes se enviarán todos los martes y jueves y se considerará al contribuyente como notificado a partir de ese momento, a pesar de que este no haya leído el comunicado. En este sentido, los plazos para responder y el procedimiento, son los mismos validados en el Código Fiscal.

Al momento de registrarse en la Oficina Virtual, será de gran importancia informar una dirección de correo electrónico válida y de uso corriente, ya que allí también se enviarán las mismas notificaciones que al portal Web, dejando de lado el correo postal y el papel para este tipo de comunicaciones.

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