El fiscal dice que no halló delitos en la compra de unidades SAETA

La Fiscalía Correccional en Feria Judicial, que investigó de oficio posibles irregularidades en el proceso de compra de 102 colectivos por parte de la empresa estatal SAETA, remitió las actuaciones para su archivo al determinarse la inexistencia de una comisión de delito ni de otra conducta que hiciera mérito para la remisión de la causa a algún otro fiscal penal.
El inicio de la investigación estuvo a cargo del fiscal Gabriel Portal, quien requirió las actuaciones del expediente administrativo, donde se dejó constancia de todo el proceso de licitación. La decisión de investigar fue tomada por el Fiscal a partir de publicaciones periodísticas de diario El Tribuno, donde se ponía en duda la transparencia de la licitación convocada por SAETA y ganada por la empresa TATSA.

Concluida la primera quincena de la Feria Judicial, se hizo cargo de la investigación el fiscal Correccional Guillermo Akemeier, quien fue el que efectivamente recibió la voluminosa documentación en la que consta el procedimiento licitatorio. Tras analizar este expediente, Akemeier concluyó que no existía ningún indicio de comisión de un delito que sea de su competencia (delitos leves) ni de ninguna otra conducta que hiciera mérito para la remisión de los antecedentes a un fiscal penal (delitos graves).

Los fundamentos del dictamen de la Fiscalía refieren que el expediente SAETA Nº 239-561/10 fue tramitado conforme a las normas específicas de licitación que se habían pautado y a la ley de Contrataciones del Estado. Desestima, como indicios de irregularidad y con la debida argumentación, cuestiones como la referida a supuestas producciones anticipadas de unidades por parte de la empresa ganadora.

El dictamen también indica que el pliego de condiciones de la licitación establecía que el oferente debía aceptar como parte de pago unidades de propiedad de SAETA, condiciones que fueron especificadas debidamente en uno de los anexos, y meritúa los valores de toma de las unidades usadas que hicieron cada una de las empresas que compitieron.

En este aspecto, la Fiscalía comprobó que la adjudicataria de la licitación no toma a las unidades usadas en un monto de 100 mil pesos - como publicara el diario El Tribuno - sino a un valor aproximado de 190 mil. Además, evaluó la escasa diferencia de precio que existía entre las unidades ofrecidas por ambas empresas y la diferencia sustancial que había entre los intereses que aplicaba al saldo la empresa TATSA y los que proponía la empresa Colcar Merbus. La Fiscalía consideró que del acta de adjudicación surge claramente que el plazo y condiciones de financiación de la empresa TATSA resultaban convenientes.

El dictamen de Fiscalía también hace mérito de que en el proceso de licitación, al decidirse la adjudicación, no se produjeron recursos ni impugnaciones por parte de la empresa vencida, destacándose que la persecución penal es un mecanismo subsidiario justamente respecto de otros procedimientos que deben ejercitarse previamente, como los cuestionamientos en sede administrativa.

Finalmente, la Fiscalía también evaluó que la simple referencia a que un ciudadano vinculado a la firma adjudicataria esté imputado en una causa federal, no es suficiente para definir en este caso una imputación en su contra, en tanto no se han descripto concretamente hechos con apariencia delictiva.

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