La Justicia hizo lugar a un amparo presentado por dos profesionales, que obliga a la Municipalidad capitalina a exigir los planos sanitarios a quienes construyan. La Ordenanza 3.137 que regula el servicio, fue sancionada en noviembre de 2001 pero no era aplicada por las autoridades municipales
La falta de aplicación de esta normativa trajo aparejado innumerables problemas a miles de vecinos de la ciudad, en especial a quienes viven en el macro y microcentro, donde se produjo el mayor crecimiento de población. Problemas traducidos en una deficiente provisión de agua potable, en especial en los edificios en altura, y una adecuada evacuación de los líquidos cloacales. "Hoy la ciudad está colapsada por la gran cantidad de obras que en forma descontrolada se hicieron en los últimos diez años", manifestó Rubén Cabocota, quien subrayó que "por eso es común ver cómo corren por las calles líquido cloacal y además, es posible encontrar conexiones domiciliarias anexadas a los desagües pluviales".
El experto en construcción de obras sanitarias que heredó la profesión de su padre, reveló que la ciudad de San Miguel de Tucumán no está en condiciones de atender la actual demanda, al manifestar que las colectoras del microcentro fueron construidas en los años ’70 y para soportar el aporte de 10 a 20 familias por cuadras. "En la actualidad vemos que se levantan edificios por todos lados, lo que elevó considerablemente el número de familias que hacen su aporte a la colectora. Estamos hablando de hasta 1.000 familias por cuadra", indicó el arquitecto Cabocota.
El tema se origina en el año 1995, a partir de la privatización de la Dirección Provincial de Obras Sanitarias (Dipos), cuando se dejó de exigir la presentación de los Planos de Instalaciones Sanitarias y de ejercer el control de policía, por parte de los inspectores de las instalaciones. Esto fue advertido por Ramón Cabocota, quien junto a su hijo, en el año 2001 peticionó al Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de San Miguel de Tucumán, la sanción de una ordenanza para que se volvieran a presentar los planos sanitarios. Es así, que el 20 de noviembre de 2001 el cuerpo deliberativo sancionó la Ordenanza Nº 3.137, la cual exigía la presentación de los Planos Sanitarios dentro de la documentación técnica de obra a presentar para la aprobación de la Carpeta Técnica en la Municipalidad capitalina.
A pesar de la insistencia de los profesionales, las autoridades municipales jamás procedieron a reglamentar la ordenanza y por lo tanto, tampoco era aplicada. Ni siquiera lo hicieron cuando los Cabocota se encargaron de preparar y presentar a la Dirección de Catastro y Edificación, un compendio con claras y precisas instrucciones acerca de las normas básicas que se deben cumplimentar en la confección de los Planos de Instalaciones Sanitarias domiciliarias, hospitalarias e industriales especiales; basadas en el Manual de Normas y Gráficos de la Ex Obras Sanitarias de la Nación.
Al ver todos los caminos cerrados para conseguir el objetivo propuesto, en el mes de Septiembre de 2006, Ramón Cabocota se presentaron nuevamente ante el Honorable Concejo Deliberante, poniendo en conocimiento al concejal José Luis Avignone de la situación, haciéndole entrega de la Reglamentación más una extensa Memoria acerca de la importancia de la presentación de los Planos de Instalación Sanitaria. El edil Avignone remitió los antecedentes al Secretario de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad, Fernando Insaurralde, para que proceda a la puesta en funcionamiento de una Nueva Sala de Planos Sanitarios. En esta oportunidad, también se hizo caso omiso a la misma y los resultados fueron negativos.
Transcurrido el tiempo y sin haber logrado ninguna respuesta de las autoridades municipales, el concejal impulsó la ratificación de la Ordenanza 3.137, para que el Ejecutivo diera estricto cumplimiento a la misma. Lo que mereció la aprobación de la resolución 4.005, el 21 de Diciembre de 2006.
Con estos resultados, luego de todo el tiempo transcurrido y el esfuerzo invertido, los Cabocota, padre e hijo, recurrieron a la Justicia por medio de un Recurso de Amparo. Cuyo resultado se conoció el martes 13 de abril pasado, cuando le fue entregado a la Municipalidad (Dirección de Catastro y Edificación), la disposición por la cual la actual directora de Catastro, Elena Forgas, deberá dar cumplimiento a la Ordenanza 3.137 del Digesto Normativo. Esto implica que toda carpeta de Documentación Técnica que se presente para su aprobación en la Municipalidad capitalina, deberá contener los respectivos Planos de Instalaciones Sanitarias con sus correspondientes nomenclaturas técnicas para su revisión y posterior aprobación por la Sala de Obras Nuevas o Construidas.

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