La Corte Interamericana defiende el mérito.
El pronunciamiento data del 30 de junio y fue dispuesto en la causa caratulada "Reverón Trujillo vs. Venezuela". En ella, la Corte, última intérprete de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (conocido como Pacto de San José de Costa Rica), ha sido terminante en que, si el acceso a un cargo público "se basa en los méritos y en la igualdad de oportunidades, y si se asegura la estabilidad en el cargo, se garantiza la libertad de toda injerencia o presión política".
Asimismo, la Corte advirtió que "cuando los Estados establezcan procedimientos para el nombramiento de sus jueces, debe tenerse en cuenta que no cualquier procedimiento satisface las condiciones que exige la Convención (Pacto de San José de Costa Rica) para la implementación adecuada de un verdadero régimen independiente". "Si no se respetan parámetros básico de objetividad y razonabilidad resultaría posible diseñar un régimen que permita un alto grado de discrecionalidad en la selección, en virtud del cual las personas escogidas no serían, necesariamente, las más idóneas", alertó.
El pronunciamiento tiene especial relevancia para la Argentina ya que, desde 1994, el Pacto de San José de Costa Rica (entre otros) ostenta jerarquía constitucional. En el mismo sentido, la propia Constitución de Tucumán reformada en 2006 (artículo 24) reafirmó el carácter operativo que tienen "los derechos y garantías consagrados por los pactos y tratados internacionales sobre derechos humanos".
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