Se trata del emblemático caso del barrio Ituzaingó, donde desde hace más de 12 años las familias denuncian muertes y lesiones como presunta consecuencia de los productos utilizados en las fumigaciones. Opinión de aeroaplicadores locales.
Se trata del emblemático caso del barrio Ituzaingó, donde desde hace más de 12 años las familias denuncian muertes y lesiones como presunta consecuencia de los agroquímicos usados en las fumigaciones.
La denominada causa madre que se instruye por los casos de víctimas fatales todavía no está concluida y posiblemente sea sometida a juicio el año próximo. No obstante, durante las audiencias, la Fiscalía expresó que hasta 2010 en ese barrio se constataron 169 casos de cáncer y más de 30 muertes por esa enfermedad.
La resolución tomada el martes por la Cámara Primera del Crimen se refiere a un caso conexo en el que fueron imputados por fumigaciones dolosas, ocurridas entre 2004 y 2008, dos productores y un piloto fumigador.
El fallo es histórico, dado que representa el primer proceso en el país y en el continente que juzga la aplicación de sustancias químicas en campos cultivados y sus presuntos efectos nocivos en la salud de la población.
Luego de casi dos meses de audiencias y testimonios, los jueces del Tribunal de la Cámara 1 del Crimen de Córdoba condenaron a tres años de prisión no efectiva y el cumplimiento de tareas sociales para el productor agropecuario y el aviador, dos de los tres acusados en el proceso judicial. El restante resultó absuelto por falta de pruebas.
La pena de prisión condicional correspondió al productor Francisco Parra y al piloto Edgardo Pancello, pero fue absuelto el productor Jorge Alberto Gabrielli.
Por unanimidad, Parra fue declarado autor penalmente responsable del delito previsto por el artículo 55° de la ley de delitos peligrosos. Por mayoría, Pancello fue encontrado autor corresponsable.
Parra fue inhabilitado por ocho años para realizar aplicaciones de agroquímicos en campos y Pancello fue inhabilitado por 10 años.
Ninguno de los dos irá a prisión, pero deberán cumplir tareas comunitarias de 10 horas semanales, durante cuatro años, para el Estado o en instituciones de bien público relacionadas con el ambiente y la salud.
Desazón
La sentencia de los jueces fue recibida con desazón por vecinos del barrio y miembros de organizaciones ambientalistas, que realizaron un acampe frente a los tribunales para esperar la definición.
Al finalizar el juicio, tras varias horas de tensión, hubo llantos y gritos de familiares que sufrieron pérdida de seres queridos o que padecen hoy consecuencias de la contaminación.
Aeroaplicadores locales
En diálogo con LA OPINION, referentes del sector de la fumigación aérea manifestaron conocer el fallo, brindaron su opinión sobre la actualidad del sector y señalaron que “los aeroaplicadores nos sentimos desprotegidos en el ejercicio de nuestra actividad. Somos profesionales que debemos realizar un estudio completo de las técnicas que exige nuestro trabajo, que son infinitamente más complejas y están mucho más desarrolladas que cualquier técnica de fumigación terrestre. Un piloto que se sube a un avión fumigador debe capacitarse y realizar una inversión muy importante, cuando sale a volar sabe muy bien lo que está haciendo. Como profesionales nos cabe la responsabilidad de cuidar el medio ambiente y de trabajar a conciencia para evitar situaciones como la que originó este caso”.
Por otra parte señalaron que “constantemente escuchamos críticas desde distintos sectores hacia nuestra actividad y da la impresión de que quisieran terminar con la fumigación aérea en la Argentina. No les resultaría demasiado difícil hacerlo ya que somos alrededor de seiscientas empresas, algunas de ellas muy chicas, por lo que si la actividad finalizara la noticia no sería demasiado importante, salvo para nosotros, que sería algo catastrófico”.
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