La CIDH responsabilizó al Estado argentino por la violación de los derechos de cincos menores, dos de ellos mendocinos.
La sentencia se notificó el viernes, en la causa conocida como “el caso Mendoza y otros con Argentina”, sometido a la jurisdicción de la Corte por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos el 17 de junio de 2011.
Se trata de los casos que se refieren a la imposición de penas de privación perpetua de la libertad a César Alberto Mendoza, Claudio David Núñez, Lucas Matías Mendoza, Saúl Roldán y Ricardo David Videla Fernández, por hechos que ocurrieron cuando aún eran menores de edad, así como a la falta de adecuada atención médica a Lucas Matías Mendoza durante el cumplimiento de su condena; a la tortura sufrida por éste último y por Claudio David Núñez, y a la falta de investigación de este hecho y de la muerte de Ricardo Videla mientras este menor estaba bajo custodia estatal.
El tribunal consideró que dichas penas, por su propia naturaleza, no cumplen con la finalidad de la reintegración social de los niños, ya que suponen su máxima exclusión de la sociedad, anulando la posibilidad de resocialización. Además, por su desproporcionalidad, la imposición de esas penas constituyó un trato cruel e inhumano para los jóvenes mencionados, y violó el derecho a la integridad personal de sus familiares.
Además, la Corte declaró la responsabilidad de Argentina por la violación de los derechos a la protección y las garantías judiciales consagrados en la Convención Americana, por la falta de una adecuada investigación de la muerte de Ricardo Videla, así como de las torturas mencionadas.
La Corte consideró que la decisión de la Sala II de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza del 9 de marzo de 2012, que redujo la pena impuesta a Saúl Roldán a 15 años de prisión, constituía un hecho superviniente que no la inhibía de conocer un caso ya iniciado ante ella.
Por tanto, como medidas de reparación, la Corte le ordenó al Estado argentino: brindar gratuitamente tratamiento médico y psicológico o psiquiátrico necesario, asegurarles a las víctimas las opciones de educación o capacitación formales, y ajustar su marco legal a los estándares internacionales, asegurando que no se vuelva a imponer la prisión o reclusión perpetuas a quienes hayan cometido delitos siendo menores de edad.
El caso Videla
Ricardo Videla falleció el 21 de junio de 2005, a los 20 años. Fue encontrado colgado, con un cinturón alrededor del cuello, de una ventana de su celda en la Penitenciaría de
Mendoza. Mediante el Acuerdo de Solución Amistosa suscrito en agosto de 2007 en el caso Nº12.532, Internos de las Penitenciarías de Mendoza, el Estado reconoció “la responsabilidad objetiva de la Provincia de Mendoza”, por la violación de los artículos 4 y 5 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos en perjuicio de Ricardo Videla, entre otras personas, por las condiciones de detención en las que se encontraba dentro de dicha Penitenciaría, y porque éste “fue encontrado ahorcado en su celda”.
Comentá la nota