Una medida cautelar impidió que los poderes políticos designaran jueces subrogantes.
Novillo dispuso la cautelar horas antes de que venciera el plazo que había fijado el Poder Ejecutivo para que se inscribieran interesados. Luego, sin ningún mecanismo que permitiera evaluar la idoneidad de los postulantes, el gobernador iba a elegir a uno por cargo e iba a solicitar el acuerdo legislativo. Había 307 anotados; muchos de ellos, jueces que aspiraban a que los ascendieran como subrogantes, pese a que iban a dejar vacantes los cargos para los que habían sido designados en propiedad.
Novillo fue terminante: "dado que el régimen de cobertura interina no establece ninguna regla selectiva o parámetro de valoración objetiva o pauta comparativa de antecedentes, sino un proceso de designación discrecional sin selección previa, la Ley 8.136 aparece prima facie desvinculada del procedimiento constitucional establecido por el artículo 101, inciso 5, que fija como criterio rector la selección objetiva, reglada y comparativa de los aspirantes a jueces".
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