En extensa sesión, diputados sancionaron la modificación del Código Procesal Laboral

Se incluyó en un cuerpo normativo todo el articulado considerado necesario para el trámite del juicio laboral.

En extensa sesion diputados sancionaron la modificacion del Codigo Procesal Laboral

En una de sus últimas sesiones del período 2011, la Legislatura aprobó la reforma del Código Procesal Laboral, que viene a reemplazar la Ley 3603 y entrará en vigencia en enero de 2013.

A través de esta modificación tratada por los legisladores provinciales en una sesión que se extendió durante varias horas, se incluyó en un cuerpo normativo todo el articulado considerado necesario para el trámite del juicio laboral.

Actualmente la provincia cuenta con una ley que es escueta y todo lo que se venía aplicando en la práctica era por derivación de la aplicación del Procedimiento Civil.

“Realmente para nosotros es una gran satisfacción que se hayan involucrado la mayoría de los bloques y ha quedado palmariamente demostrado no sólo el trabajo, sino la amplitud de criterio del bloque mayoritario que, en la única pretensión de hacer buenas leyes que le sirvan a la gente, ha trabajado con mucho ahínco para que hoy los legisladores estemos disfrutando haber hecho una ley que sea un avance en la legislación vigente”, indicó el diputado Humberto Juárez, titular del Bloque del Frente Cívico.

Juárez sostuvo que “hemos concretado este anhelo que va a satisfacer a la gran mayoría de los trabajadores y por supuesto a los empresarios, porque quizás nosotros estamos dando con este instrumento no solo el cumplimiento de los derechos del trabajador, sino también una seguridad jurídica para quienes vienen a invertir en la provincia y acompañan su crecimiento”.

Por su parte, la diputada Gabriela Ortiz, que integró la comisión que trató el proyecto, señaló que “lo que se ha pretendido es unificar en un solo cuerpo normativo todas las disposiciones que regulan el procedimiento laboral; es decir el trámite del juicio laboral”.

Explicó que ahora habrá una doble instancia en el fuero laboral con un juez de primera instancia y cámaras de apelaciones. “En el trabajo en comisión se tuvo estricto apego a la ley de fondo, que protege al trabajador que son de rango constitucional, entre ellos la gratuidad del acceso a la justicia”, dijo.

También señaló que cuando los reclamos laborales estén calificados “como trabajo esclavo o involucren a personas menores a la edad minima establecida por la ley para la admisión en el empleo (16),se deberá poner en conocimiento del juez de crimen de turno a fin de establecer si existió la comisión de ilícito penal porque en estos casos, el reclamo del trabajador excede lo meramente alimentario atento a que entra en colicon otros derechos como la libertad y la integridad física de las personas”.

En tanto, la diputada Alejandra Yositake también puso de relieve que “lo más importante de destacar es la doble instancia y algunos institutos de resaltar como por ejemplo la gratuidad que se consagra en todas sus formas, se amplían los fines y las audiencias preliminares de conciliación que incluye la tutela anticipada, entre otros puntos”. Además destacó la protección de los derechos de los trabajadores.

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