Párrafo aparte, merecen las retenciones que provienen de “deudas alimentarias” dispuestas a través de Oficios Judiciales
De las actuaciones realizadas por el Organismo de la Constitución , se puede informar ahora, que este “plus” no será alcanzado por ninguna deuda ya sea que provenga esta de mutuales, cooperativas, prestamos del Banco Formosa S.A, de manera tal que el beneficio se efectivizara en un 100%, en ocasión de las fiestas de Navidad y Año Nuevo.
Párrafo aparte, merecen las retenciones que provienen de “deudas alimentarias” dispuestas a través de Oficios Judiciales, en los que, según el caso, puede el titular de la Caja de Ahorro, sufrir algún descuento, todo ello enmarcado dentro del contexto en que se haya dictado la sentencia y/o arribado al Acuerdo Alimentarlo entre las partes.
El Defensor del Pueblo, Dr. José Leonardo Gialluca, afirmó que la regla será que tanto los activos como los pasivos, recibirán el plus, dispuesto por el P.E.P, en la cifra de $1000 y $820 respectivamente.

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