La estrategia legal de la oposición para avanzar con el juicio político a Zaffaroni

Para convertir el revuelo mediático por los departamentos del juez de la Corte Suprema en una denuncia penal, los asesores legales estudian una serie de normas para encontrar la figura del delito que faculte un eventual juicio político. Lo que dijo una de las inquilinas.
La oposición busca darle un marco legal a la denuncia contra, Raúl Zaffaroni, que si bien tuvo un gran impacto mediático, todavía no tuvo una figura de delito definida que pueda desembocar en el juicio político del ministro de la Corte Suprema.

Para eso, según anticiparon a LPO fuentes del bloque de diputados del PRO que hoy reclamó que la Comisión de Juicio Político convoque a Zaffaroni, tomará como punta de lanza a la ley de Profilaxis de la enfermedades venéreas (n° 12331), que prohíbe el uso de inmuebles para la prostitución.

En el artículo 15 de la ley 12.331 se establece que “queda prohibido en toda la República el establecimiento de casas o locales donde se ejerza la prostitución, o se incite a ella".

A su vez, en el artículo 17 de la misma norma se establece que: “Los que sostengan, administren o regenteen, ostensible o encubiertamente casas de tolerancia, serán castigados con una multa de doce mil quinientos pesos como mínimo y ciento veinticinco mil pesos como máximo. En caso de reincidencia sufrirán prisión de 1 a 3 años, la que no podrá aplicarse en calidad de condicional”.

Para que Zaffaroni no pueda justificar que no conocía las actividades que se realizan o realizaban en sus inmuebles, la oposición utilizará la "responsabilidad objetiva", un principio jurídico que fue estudiado y enseñado por el propio Zaffaroni, según sostienen en La Alameda, la ONG que denunció la existencia de prostíbulos.

En una carta abierta enviada desde esa organización al juez y al periodista Víctor Hugo Morales, se sostiene que la responsabilidad objetiva se configura independientemente del conocimiento que tenga el propietario o poseedor de un objeto cuando éste produce un daño.

“Es el mismo principio que opera si le prestas el auto a un amigo y tu amigo choca: tenés que indemnizar a las víctimas, te tenés que hacer cargo de lo que sucedió”, dice la carta.

Además, apelarán a fallos de la Cámara Federal, algunos en lo que incluso se citan opiniones del propio Zaffaroni, en los que se emparenta al que alquila las propiedades en las que funcionan prstíbulos, con quien los regentea.

El abuso de poder

Otra de las aristas que estudia la oposición para denunciar a Zaffaroni es la figura penal de “abuso de poder”, en el que podría haber incurrido el juez en el caso de tener un conocimiento mutuo con las personas que habrían ejercido la prostitución en sus inmuebles.

El artículo 126 del Código Penal, que fue sustituido por el artículo 7 de la ley 25087, de Delitos contra la integridad sexual pero no modificó ni una coma de su texto, establece que “Será reprimido con reclusión o prisión de cuatro a diez años, el que con ánimo de lucro o para satisfacer deseos ajenos promoviere o facilitare la prostitución de mayores de dieciocho años de edad mediando engaño, abuso de una relación de dependencia o de poder, violencia, amenaza o cualquier otro medio de intimidación o coerción”.

Del mismo modo, el artículo 127 del Código –sustituido por el 8° de la ley 25087, establece que “Será reprimido con prisión de tres a seis años, el que explotare económicamente el ejercicio de la prostitución de una persona, mediando engaño, abuso coactivo o intimidatorio de una relación de dependencia, de autoridad, de poder, violencia, amenaza o cualquier otro medio de intimidación o coerción”.

Y por último la ley de Prevención y sanción de la trata de personas y asistencia a sus víctimas (n° 26.364), en su artículo 2, que versa sobre la trata de mayores de 18 años, establece que “se entiende por trata de mayores la captación, el transporte y/o traslado —ya sea dentro del país, desde o hacia el exterior—, la acogida o la recepción de personas mayores de 18 años de edad, con fines de explotación, cuando mediare engaño, fraude, violencia, amenaza o cualquier medio de intimidación o coerción, abuso de autoridad o de una situación de vulnerabilidad, concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre la víctima, aun cuando existiere asentimiento de ésta".

Para que se configure el delito de abuso de poder aplicado a la trata, una de las personas que trabaja o trabajaba en los inmuebles de Zaffaroni debe declarar que sabía que el juez era dueño de alguno de los polémicos departamentos. DE esa manera se entendería que quedaría configurada la situación de abuso, ya que es evidente la desproporción de poder entre un juez de la Suprema Corte y la persona que ejerce la prostitución en uno de sus inmuebles, que podría haberse sentido coaccionada, hecho que la ley presume.

Por el momento, sólo salió a hablar la actriz porno Ana Touché, que alquila uno de los departamentos en cuestión, en avenida Santa Fe 1240.

“Estoy en uno de los departamentos, pero me doy cuenta que estoy en uno de los departamentos cuando salió todo este lío que hay, obviamente que yo no sabía que es del juez Zaffaroni”, dijo Touché en el programa "El Club de la tarde", por radio Mitre.

Entonces, en ese caso no habría abuso por parte del poderoso, es decir, del juez de la Corte Suprema. No deja de llamar la atención que Touche realizó un profuso raid mediático -habló de manera continuada en las radios de mayor audiencia- y se procupó por aclarar que ella no sabía que el departamento que alquilaba no era de Zaffaroni.

Otras dudas

Hay otras dos cuestiones que podrían complicar a Zaffaroni, según sostienen en la oposición. Una es la elevada suma que recibiría por los alquileres de sus propiedades, totalmente fuera de los precios de mercado, lo que debería haberle llamado la atención, sostienen los opositores.

Por caso, Touché explicó que por el departamento de Santa Fe 1240 pagaba unos 200 pesos por día de alquiler, generalmente en un pago semanal de 1400 pesos. Es decir, 5600 pesos mensuales por un solo departamento.

Y por otro lado, aparece la mano derecha del juez, Ricardo Montivero, quien figura como titular de la línea telefónica del domicilio fiscal del juez, en la calle Boyacá 926.

Montivero es un abogado de confianza del juez que cobraba los alquileres y expensas de los departamentos de la controversia.

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