Desde el viernes a la noche los funcionarios de la Fiscalía de Estado están abocados al análisis del fallo que declaró la nulidad absoluta de lo actuado por la Convención Constituyente, respecto a la nueva integración de la Junta Electoral. En los próximos días irán en casación a la Corte Suprema de Justicia y los tiempos que esto implica, más allá de agosto, le permitiría al gobernador Alperovich afrontar las próximas elecciones sin los cambios que exige la resolución de los vocales Novillo y Giovanniello.
Tal vez el resultado electoral favorezca al oficialismo en las urnas, pero quedará envuelto en un manto de sospechadas, después de este fallo de los vocales Rodolfo Novillo y Carlos Giovanniello, quienes a partir de la demanda presentada por el ex legislador Alejandro Sangenis, sentenciaron que la actual junta electoral (integrada por el Presidente de la Corte, el Vicegobernador y el Fiscal de Estado, en lugar del Ministro Fiscal de la Corte) diseñada en 2006, no entra en ninguno de los cuatro tipos de organismos de justicia electoral del derecho público argentino.
Pero además, la resolución de la Sala II establece que resulta nulo el inciso 16 del artículo 43, también redactada por los constitucionalistas de "José", el que establece que ningún funcionario podrá ser obligado a solicitar licencia previa al comicio por el hecho de ser candidato.
El Fiscal de Estado, Pedro Giúdice, seguramente refrendará el documento que llegará a consideración del Alto Tribunal, donde tres de los cincos vocales fueron nombrados a pedido del gobernador Alperovich. Incluso, el actual presidente de la Corte, Antonio Estofán, actuó directamente en defensa del Poder Ejecutivo cuando era Fiscal de Estado, por lo que se descuenta que se excusará de entender en este caso. Habrá que esperar si los otros dos lo imitan. Daniel Posse, por haber formado parte del gabinete de Alperovich y Claudia Sddar, por la relación que mantiene con la familia del gobernador.
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