Estofán se apartará de la causa contra la Junta Electoral pero no en la de la "re-re"

La posible llegada a la Corte Suprema de Justicia de Tucumán del planteo judicial por parte del Gobierno para sostener la actual conformación de la Junta Electoral Provincial no pasará inadvertido. De hecho, el presidente del cuerpo, Antonio Estofán, en su momento, se autoexcluirá de atender el caso.

Como se recordará, los camaristas en lo Contencioso Administrativo, Rodolfo Novillo y Carlos Giovaniello, declararon nulos e inconstitucionales los incisos 14 y 16 del artículo 43 de la Constitución de 2006. El primero de ellos establece que el organismo fiscalizador de los comicios continuará integrado por el presidente de la Corte y por el vicegobernador, pero suplanta al ministro Fiscal (jefe de los fiscales penales) por el fiscal de Estado (funcionario del Poder Ejecutivo).

El segundo consigna: "Ningún funcionario podrá ser obligado a tomar licencia previa al comicio, por el hecho de ser candidato". El Ejecutivo interpuso el martes pasado un recurso de casación contra esa sentencia de la Sala II, emitida el 18 de marzo, y los jueces deben decidir si lo aceptan (y elevan el expediente a la Corte) o no.

En diálogo con LA GACETA, Estofán precisó ahora que se excusará de entender en la causa. "Cuando el Gobierno tuvo que contestar la demanda, los abogados de la Fiscalía de Estado que trabajaron en esa respuesta se encontraban bajo mi dirección", manifestó, justamente, el ex fiscal de Estado.

Precisamente, dijo que su criterio será apartarse automáticamente de todos los expedientes en los que haya intervenido la Fiscalía de Estado cuando él era su titular. "Lo mismo ocurrirá con las causas en contra de la persona del gobernador, José Alperovich, porque la amistad que tenemos es manifiesta y es pública", subrayó.

Pero el juez supremo también consignó que no actuará de la misma manera en el resto de las causas contra el Poder Ejecutivo o contra la reforma: antes, los estudiará. Eso incluye las objeciones contra la habilitación para que las actuales autoridades electivas compitan por un tercer mandato consecutivo.

El tercer mandato

La primera causa que le llegará contra la "re-reelección" es la acción declarativa de inconstitucionalidad promovida por el radical Ariel García contra el artículo 159 de la Carta Magna. Este fija que el gobernador, el vicegobernador, los legisladores, los intendentes, los concejales y los delegados comunales duran cuatro años en sus funciones y sólo se admite una reelección consecutiva (artículos 45, 90, 132 y 133). Pero el artículo 159 dice que el período 2003-2007 no será tenido en cuenta como tal, de modo que el mandato 2007-2011 será el primero. Por ende, el de 2011-2015, eventualmente, será considerado como el segundo.

"Esa cláusula alcanza a todos los cargos electivos: no sólo al gobernador. No conozco el expediente y, según leí en la prensa, es una casación contra un fallo de la Cámara en lo Contencioso Administrativo que no le reconoció al demandante legitimación activa para efectuar su planteo. Cuando llegue, lo estudiaré y tomaré una decisión. Que quede claro: cuando deba excusarme, lo haré de inmediato", finalizó.

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