El intendente anunciará el cronograma completo esta semana. Los interesados en integrar la nueva fuerza deberán anotarse a través de la página web del Municipio.
Todo lo que hay que saber de la Policía que operará en la ciudad luego de la aprobación del Concejo Deliberante.
Tendrá 702 policías. Su jefe será elegido por el intendente pero con aprobación del Concejo luego de audiencias públicas. Habrá cinco directores. Tendrá un centro de análisis estratégico del delito y la violencia. Se creará una escuela municipal de seguridad local. Y será controlada por integrado por diferentes sectores de la ciudad.
Todo esto tendrá incorporado la Policía de Prevención Local, la nueva fuerza de seguridad que funcionará en la ciudad a partir del año que viene luego de que el viernes pasado el Concejo Deliberante aprobara su conformación tras un intenso debate.
LA CAPITAL repasa los artículos más destacados de la ordenanza donde se define el procedimiento para designar a los policías, a su jefe y a los directores. Pero no solo eso: también los organismos de control y la función de la Escuela de Seguridad.
El primer paso para la confección de la Policía Local será la selección de los aspirantes, que para poder presentarse deberán vivir por los menos hace dos años en General Pueyrredon. El intendente pondrá la fecha en que se abrirá la inscripción aunque según pudo confirmar LA CAPITAL será este mes. Los postulantes deberán inscribirse a través de la página web del Municipio (www.mardelplata.gob.ar).
Una vez realizado ese trámite, los interesados deberán atravesar dos etapas. La primera tendrá dos exámenes de carácter eliminatorio de forma sucesiva: en uno se tomarán conocimientos generales que permitan determinar las capacidades de lectocomprensión y de análisis matemático y lógico y en el otro se hará una evaluación de desempeño actitudinal.
Una vez finalizada esta primera etapa de pruebas del proceso de preselección quedará confeccionado el Listado de Orden de Mérito de 1500 aspirantes que deberán afrontar otro examen. Esta segunda etapa está compuesta de tres pruebas: exámen médico, exámen psicológico y examen de aptitud física. Esta Segunda Etapa se desarrollará entre los meses de diciembre de 2014 y enero de 2015 y del resultado de estos tres exámenes quedará confeccionado el listado de los 1000 ingresantes a la Escuela Municipal de Seguridad Local.
La capacitación y formación comenzará en febrero de 2015 para poder atravesar una instancia inicial de formación de un primer año, con la posibilidad de comenzar las prácticas luego de los seis meses y completar su graduación definitiva luego de dos años de estudios.
La elección del jefe
El mando de la Policía Local estará a cargo de un jefe que será designado por el intendente con acuerdo del Concejo Deliberante. Antes se deberán realizar audiencias públicas para que se presenten las impugnaciones a los candidatos para comandar la fuerza. Los ciudadanos, las organizaciones no gubernamentales, los colegios y asociaciones profesionales, las entidades académicas y de derechos humanos deberán presentar por escrito y de modo fundado y documentado, las impugnaciones. "Sin perjuicio de las presentaciones que se realicen, el Concejo Deliberante podrá, en el mismo plazo, requerir opinión a organizaciones de relevancia en el ámbito profesional, judicial, académico, social, político y de derechos humanos a los fines de la valoración de los antecedentes del postulante propuesto", aclara la ordenanza en su artículo 10.
El día de la audiencia, el postulante a la jefatura de la Policía Local deberá informar sobre las impugnaciones y responder las preguntas que le realicen los concejales. "En el caso de haber impugnaciones realizadas por cualquier ente u organismo no gubernamental, responder a las mismas, quedando a criterio del intendente la evaluación del tenor y procedencia de las acusaciones para la consecución o no del proceso de examen", explica la ordenanza. Una vez finalizada esta etapa, el intendente elegirá al jefe de la Policía Local.
El artículo 13 de la ordenanza que crea la Policía Local establece la creación del Centro de Coordinación y Mando Unificado (Cecmu), que estará integrado por cinco direcciones: la de Coordinación Operativa, la de Prevención, la de Planificación y Análisis, la de Logística y Comunicaciones y la de Relaciones y Coordinación Interinstitucionales. La designación de estos directores deberá también tener el acuerdo del Concejo Deliberante.
La Escuela Municipal de Seguridad
La Ordenanza también crea la Escuela Municipal de Seguridad Local, que será el ámbito académico para la formación de los funcionarios encargados de diseñar y ejecutar la política de seguridad municipal de General Pueyrredon.
"La propuesta académica orientará el diseño de la política pública de seguridad municipal, en un modelo basado en la gestión de la conflictividad social y la reducción de las violencias y el delito, para el resguardo del Estado de Derecho", afirmó el secretario de Seguridad, Adrián Alveolite. Y agregó: "Tendrá una fuerte y marcada orientación a la profesionalización de la función pública y la construcción de capacidades de gobierno en materia de seguridad municipal".
En materia de formación policial, la escuela trabajará de modo integrado y complementario con las escuelas descentralizadas del Instituto de Formación y Capacitación de las Unidades de Policía de Prevención Local para optimizar un modelo de formación policial inicial orientada a la disuasión y conjuración del delito a partir de una actuación profesional y basada en el uso racional de la fuerza y el respeto por los derechos humanos.
"Los funcionarios políticos, policiales y técnicos que pasen por la Escuela se transformaran en perfectos conocedores del Partido de General Pueyrredon, de modo tal que las políticas de seguridad pública local respondan a la idiosincrasia de las pautas culturales locales y a la realidad actual", destacó Alveolite.
Con el fin de garantizar la excelencia en la formación, la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Mar del Plata propondrá docentes para la formación de los estudiantes de la Escuela Municipal de Seguridad Local, como de las Escuelas descentralizadas del Instituto de Formación y Capacitación de las Unidades de Policía de Prevención Local.
El control
La Policía Local podrá ser controlada por un consejo, que estará a cargo de un Director General de Control Externo - no podrá ser policía- y un Consejo ?ad honorem? formado por tres representantes del Honorable Concejo Deliberante - uno por la mayoría, uno por la primera minoría y uno por la segunda minoría- , tres representantes de organizaciones o entidades comunitarias no gubernamentales que serán propuestos por el Concejo Deliberante y el presidente del Foro Municipal de Seguridad.
"El Consejo se reunirá en forma bimestral o a convocatoria del Director de Control o por razones de urgencia por alguno de sus miembros y sesionará con la presencia de al menos la mitad más uno de sus integrantes y sus decisiones se adoptarán por simple mayoría de votos. El Director de Control tendrá la presidencia del Consejo, votará en él y dirimirá en caso de empate", explica la ordenanza en su artículo 30. Y, en su artículo 31, explica: "El Director General de Control Externo podrá realizar investigaciones respecto del incumplimiento de los principios generales establecidos en esta ordenanza o de las normas constitucionales vinculados a las libertades y garantías personales, por parte de cualquier personal policial que desarrolle tareas locales. El resultado de sus investigaciones será presentado al Consejo, quien formulará las recomendaciones pertinentes al Intendente y al Honorable Concejo Deliberante".
De comprobarse alguna regularidad, el Consejo denunciará ante la autoridad administrativa o judicial competente "la posible comisión de infracciones administrativas o delitos imputados al personal policial y no policial, conforme surja de los informes y demás procedimientos de control que desplegare". Además en su artículo 33 la ordenanza establece: "El Consejo elaborará un informe anual sobre el cumplimiento de los Principios Generales de actuación establecidos en los artículos 5, 6 y 7 de esta ordenanza y las normas respectivas de la legislación provincial y federal sobre la materia, en el cual deberá incluir recomendaciones para prevenir hechos contrarios a ellas o para mejorar el respeto de los derechos ciudadanos en el cumplimiento del servicio local. El informe deberá ser presentado al intendente y al Concejo y tendrá carácter público".

Comentá la nota