Así lo informó el Poder Ejecutivo local, amparándose en la Ley 7.608, que advierte que el receso reglamentario de los empleados de la Administración Pública Provincial que están en planta permanente y transitoria tendrá que ser tomado entre los días 27 de diciembre y 31 de marzo. En caso de no hacerlo dentro de ese periodo de tiempo, se perderá el derecho a gozar de estos días de descanso. Las licencias deberán pedirse ante cada director de área con al menos una semana de anticipación.
El Gobierno Provincial informó que, en virtud de la vigencia de la Ley 7.608, el receso de verano para los trabajadores de la Administración Pública Provincial se extenderá desde el 27 del corriente mes hasta el 31 de marzo de 2011.
En ese lapso, los trabajadores de la planta permanente y transitoria del Estado Provincial deberán tomar su licencia reglamentaria. La cantidad de días de licencia estará determinada por su antigüedad de cada trabajador.
Quienes no hagan uso de su licencia en el periodo antes indicado perderán el derecho a gozar de estos días de descanso. Desde la Dirección de Recursos Humanos se aclaró que los trabajadores podrán dividir el total de días de licencia en dos partes.
Las solicitudes para acceder a la licencia anual reglamentaria deberán ser presentadas ante cada director de área con por lo menos una semana de anticipación.
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