El viernes se publicó en el Boletín Oficial la normativa por la cual se habilita a productores frutícolas regionales a comercializar su producción en forma directa en el mercado interno, con el cumplimiento de determinados parámetros.
Dicha resolución indica que se autoriza hasta el 31 de mayo de este año el acondicionamiento y envasado de manzanas y peras, identificación de envases y comercialización para pequeños y medianos productores con fincas con una superficie de hasta 15 hectáreas netas de fruta de pepita.
El acondicionamiento deberá realizarse en envases identificados con la siguiente información: nombre del productor, provincia productora, zona de producción, especie, variedad, grado de selección, número de unidades contenidas en el envase, número de autorización y fecha de envasado.
Cabe señalar que los productores no podrán envasar ni comercializar, bajo esta modalidad, hasta tanto el SENASA les conceda el número de autorización correspondiente, el cual se debe tramitar en las oficinas locales de dicho organismo sanitario nacional.
En el archivo adicional, una copia de la resolución respectiva.
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