La diputada Gabriela Mestelán presentó en la Legislatura el proyecto de ley 519/10 tendiente a la regulación de la Publicidad Oficial, regido por los principios de interés general, veracidad, libre acceso a la información, transparencia, acceso equitativo y pluralista a las oportunidades de expresión y esencialmente austeridad en la administración del gasto público.
La legisladora se refirió a un reciente fallo de la Corte Suprema que ordena al gobierno de Neuquén el cese de la arbitraria decisión de privar al diario Río Negro y a sus lectores de la publicidad oficial de los actos de gobierno de esa provincia, y restituya la distribución de la publicidad oficial que se le atribuía normalmente y que había sido suspendida a raíz de publicaciones que molestaron al gobierno.
“El espíritu de este fallo es un ejemplo que debiera extenderse al resto del país –dijo Mestelán- porque si bien es cierto que no existe un derecho intrínseco a recibir recursos del Estado por publicidad, cuando el Estado asigna estos recursos en forma discriminatoria se viola el derecho fundamental a la libre expresión”.
“Suponiendo que por razones presupuestarias el Estado se ve obligado a suspender la Publicidad Oficial, lo que no puede hacer es suspenderle sólo a algunos medios en base a criterios discriminatorios” ejemplificó la diputada.
En Argentina la distribución de pauta publicitaria se encuentra regida por las normas generales para la contratación de bienes y servicios por parte del Estado, sin embargo existen ejemplos de legislación específica en Chaco, Entre Ríos, Río Negro, ahora Neuquén, y la vecina Tierra del Fuego.
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