La función del nuevo espacio tiene como objetivo actuar de nexo entre la Defensoría y el HCD. Tres ediles estarán a cargo de la gestión. Hacía ocho años que el ámbito estaba inactivo.
La ordenanza 8.391, sancionada en diciembre de 2002, creó la Defensoría del Pueblo de la ciudad de Paraná y en su ámbito, un Centro de Mediación. La legislación, además de establecer alcances, objetivos y el funcionamiento de la institución, prevé la conformación de una Comisión de Enlace entre el Concejo Deliberante y la Defensoría cuyo fin consiste en “intermediar” en el flujo de información y requerimientos de las instituciones.
Pero dicha comisión –que debe estar integrada por tres ediles- funcionó sólo tres meses, en 2003, y luego quedó inactiva durante los últimos ocho años.
Ahora, fue retomada su conformación y fueron designados para constituir el ámbito los concejales María Elizabeth González (Frente Justicialista para la Victoria), Marcelo Haddad (Partido Socialista) y Roxana Villagra (UCR).
Esta semana se concretó la primera reunión con los Defensores del Pueblo, Luis Garay y Pablo Donadío, encuentro en el que se abordaron temas que surgieron de reclamos recibidos en la Defensoría y que derivaron en proyectos de ordenanzas con tratamiento pendiente en el cuerpo.
Los Defensores solicitaron el tratamiento de estas iniciativas: una, referida a la situación de frentistas de Avenida Ramírez sur en relación al cobro de mejoras por el ensanche de esa calle en 2000; el caso de quinteros a quienes se les aplica el costo de las tasas municipales en concepto de terreno baldío y un cambio en la modalidad del aporte de un peso para Bomberos Voluntarios.
Y, los Defensores pidieron también se instrumente el llamado a concurso para ocupar la Coordinación del Centro de Mediación, cargo vacante desde que Martha Arrías Pabon concluyó su mandato en 2008.
Objetivos
El texto de la ordenanza 8.391, en el artículo 43°, establece que el Concejo tendrá que designar una Comisión de Enlace, integrada por tres concejales, quienes deberán reglamentar su funcionamiento.
A través de otro artículo, establece que la comisión “actuará como intermediaria entre la Defensoría del Pueblo y el Concejo Deliberante. Podrá requerir al Defensor/a la información que estime necesaria y deberá prestarle colaboración cuando le sea requerida”. Y fija además que el “Defensor/a propondrá por intermedio de esta Comisión, la asignación de las Partidas Presupuestarias que estime pertinentes, para su incorporación en el Presupuesto Anual del Concejo Deliberante”.
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