La normativa establece la preferencia de uso humano, como así también un orden de prelación con prioridad para el abastecimiento de poblaciones por sobre todos los usos determinados.
En este sentido se dispuso que todos los organismos competentes adopten las medidas necesarias a los fines de garantizar a la población el abastecimiento esencial del agua.
De tal forma y como lo señala el decreto Nº 4.002, con fecha 9 de noviembre, todos los organismos del Estado prestarán en forma inmediata la colaboración que sea requerida por la autoridad de aplicación.
La normativa establece la preferencia de uso humano, como así también un orden de prelación con prioridad para el abastecimiento de poblaciones por sobre todos los usos determinados.
Los detalles de la medida fueron ampliados hoy al mediodía en conferencia de prensa por el titular de Aguas San Luis, Daniel Woscoboinik.

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