SE ELABORO UN INSTRUCTIVO PARA EL EFECTIVO CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE GRANDES SUPERFICIES COMERCIALES EN MUNICIPIOS

Se trata de la Resolución 04/13 emitida en el marco de la Ley Nº 9393 que regula la instalación de grandes superficies comerciales en la Provincia • La normativa busca “aclarar a los municipios cuáles son los pasos a seguir” en la aplicación de la norma, explicó el director de Comercio Interior, Santiago Escales Migliore.

De acuerdo a la ley vigente en Entre Ríos se consideran “grandes superficies comerciales” a todos los establecimientos de comercialización minorista o mayorista que realicen ventas minoristas, que ocupen una superficie de mas de 500 m² destinada a la exposición, venta, dependencias administrativas, depósito, exhibición, servicios anexos y espacios de estacionamiento, cocheras o tránsito, en municipios de una población de hasta 50.000 habitantes; una superficie superior a los 800 m² en municipios de entre 50.000 y 180.000 habitantes, y una superficie de mas de 1.500 m² en municipios de mas de 180.000 habitantes.

Respecto a resolución 04/13 la misma consta de una planilla que contiene todos los datos necesarios para poder analizar - y de ser correcto- aprobar la instalación de establecimientos comerciales según la ley lo indica dentro del marco regulatorio.

“Lo que va a hacer esta Resolución es aclarar a los municipios cuales son los pasos a seguir. Esto significa que se esta respaldando una aplicación efectiva de la ley para que cada municipio cuando le ingrese un expediente o un pedido de instalación de una gran superficie sepa como actuar. Por un lado tendrá que seguir el camino de los procedimientos municipales correspondientes y por el otro tendrá que elevar el caso a la provincia para que tenga intervención. Lo que debemos lograr es regular la instalación y desde ya en función de lo que dictamine cada caso en particular daremos la aprobación para la instalación o no de grandes superficies”, explicó el director de Comercio Interior, Santiago Escales Migliore.

Respecto de la implementación de la Ley Nº 9.393 destacó que “tanto la provincia como la Confederación Argentina de la Mediana Empresa, junto a la Federación económica de Entre Ríos, como así también el Consejo Provincial de Comercio Interior, hemos puesto nuestro compromiso para trabajar junto al empresario, al comerciante y al emprendedor para que siga creciendo, brindándoles todas las herramientas con el fin de facilitar estas tareas, siempre preservando las necesidades de los entrerrianos y en beneficio de los mismos”.

En cuanto a la importancia de la resolución el Lic. Migliore expresó que “con esto lograremos que los municipios conozcan que existe esta Resolución para ayudarlos de alguna manera en la aplicación de la ley, con la comunicación permanente hacia los mismos. Esta previsto para el mes de marzo mantener una reunión con todos los directores de habilitaciones comerciales de la provincia, como para que de alguna manera puedan expresar su problemática unificando procedimientos conjuntos entre provincia y municipio”.

• Estudio de Impacto

Según lo que establece la Ley provincial N° 9.393, uno de los articulados indica la necesidad de presentación por parte de la empresa interesada de un “Estudio de impacto socioeconómico, urbanístico y ambiental.

“Este Estudio es de suma importancia y debe ser realizado por una entidad académica publica, para el efectivo cumplimiento de la Ley por lo que ya hay un equipo de trabajo que está elaborando el tema, formado por docentes de la Universidad Nacional de Entre Ríos”, aseguró el director de Comercio Interior.

Además, el trabajo deberá contener informes sobre:

- El área de influencia de la gran superficie comercial o cadena de distribución o venta a instalarse.

- El impacto que pudiera producirse en el nivel de empleos, estabilidad de los puestos de trabajo ofrecidos, nivel de remuneración y posibilidades de promoción laboral.

- Contribución a la mejora de la cualificación profesional y a la incentivación de la utilización de nuevas tecnologías.

- Los cambios urbanísticos que pudiera aparejar.

- El impacto sobre medio ambiente.

- El equilibrio funcional entre la periferia y los centros comerciales existentes.

- Los efectos sobre los hábitos de consumo y las necesidades de compra.

- La influencia sobre los niveles de precios y de prestación de servicios al consumidor de la zona. Además deberá contener la incidencia sobre el comercio existente.

• Vías de contacto

Para mayor información respecto a los alcances de la Resolución 04/13 dirigirse a la Dirección de Comercio Interior, Laprida 465, Piso 4, o al tel: 0343-4073184, Paraná.

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