Educación religiosa: acudirán ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación

Educación religiosa: acudirán ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación
“La resolución de la Corte salteña es de corte absolutamente medieval”, destacaron quienes recibieron el fallo adverso. Afirman que no se respeta el derecho de las minorías.
La Corte de Justicia de Salta hizo lugar parcialmente al recurso de apelación contra la sentencia que en un amparo había ordenado prohibir las prácticas religiosas en las escuelas de la provincia y ordenó que deberán efectuarse durante el horario fijado para la enseñanza de la materia a la vez que estableció que el Poder Ejecutivo deberá arbitrar “un programa alternativo para quienes no deseen ser instruidos en la religión católica”.

La decisión fue adoptada en la causa “Castillo, Carina Viviana; Rebullida Carrique, María Laura; Alaniz, María Socorro del Milagro; Fernández, Adriana Mariel; Fernández Gómez, Nancy; Glik, Alejandra; Simón María Natalia; Villarreal Cantizana, Claudia Susana; Leonard, Andrea Mariana; Asociación por los Derechos Civiles ADC vs. Provincia de Salta; Ministerio de Educación de la Provincia Amparo Recurso de Apelación”. Pretendían los presentantes la declaración de inconstitucionalidad de dos artículos de la ley provincial 7546 y del artículo 49 de la Constitución de la Provincia.

La abogada Graciela Abutt Carol, especialista en derechos humanos y una de las letradas que representaron al grupo de madres destacó que “la sentencia utiliza argumentos segregacionistas, justifica y legitimiza la discriminación a todos los niños que no son católicos al convalidar expresamente las practicas católicas en la escuela pública. La Corte dice que tiene que haber instrucción religiosa, en base de un dato real y es que la mayoría de la población salteña es católica. Luego avanza en una falacia, que como la Argentina es católica todo se cierne alrededor de la religión católica apostólica romana, entonces las minorías religiosas son las que deben aceptar la inscripción de la educación católica a la escuela primaria. Pero no habla del derecho de las minorías”.

“Actualmente, cuando se imparte la hora de religión se saca a los chicos de la clase y se los envía al patio o a una biblioteca sin ningún programa alternativo. Si bien la ley provincial dice que la finalidad de la educación es educar en valores, parece que son los católicos nomás. Los que firmaron el amparo son padres que dicen que hay otros valores debiera haber otro programa alternativo para los otros”- afirmó la abogada.

“Las democracias constitucionales se edifican sobre la base del reconocimiento de los derechos de las minorías para evitar que las mayorías los aplasten. En este caso a la Corte salteña no le importa e invierte el argumento diciendo que los discriminados serían los niños católicos en caso de que se los privara de la educación religiosa y corresponde a las minorías aceptarlo”, afirmó Abutt Carol.

Destacó la abogada: “Vamos a ir ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación como máxima instancia judicial nacional y confió que la resolución va a ser positiva ya que esta resolución de la Corte salteña es de corte absolutamente medieval. No se puede discutir esto, es una cosa del siglo pasado”.

“La instrucción religiosa tiene que estar en las iglesias. La Corte cierra el tema a la educación religiosa. La única manera de garantizar que no se vulneren derechos garantizando la neutralidad es que la educación debe ser laica. Para la instrucción religiosa están las familias e iglesias”- afirmó la especialista en derechos humanos.

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