Durante este año se inhabilitaron 40 licencias de conductores

Además, hubo más de 30 infractores reincidentes en materia de alcoholemia positiva punitiva. En estos últimos casos, los conductores pueden ser inhabilitados de 30 días a 120 días.

Y en casos de ?picadas? ilegales, se retiene la licencia por 6 meses; si es reincidente, 12, y por segunda reincidencia, la inhabilitación es definitiva. ?Infringir la normativa no se arregla con el pago sólo de una multa, sino que el conductor queda inhabilitado para conducir?, explicó Adrián Alveolite.

La Subsecretaría de Control de la Municipalidad de General Pueyrredon informó por medio de la División Administración de Infractores de Tránsito e Inhabilitados que durante los primeros meses del año cerró con un importante numero de inhabilitados en materia de seguridad vial. Cerca de 40 licencias de conductores fueron retenidas por distintos motivos que llevaron a la inhabilitación. Hubo más de 30 casos por ser reincidentes en materia de alcoholemia positiva punitiva.

En este sentido, y más allá de la multa con accesoria de inhabilitación, fueron 39 casos de los cuales un 23,8 % fueron por el tiempo de 1 mes, el 3 % por 2 meses, el 15 % por 3 meses, el 5 % por 4 meses, el 3 % por 5 meses, el 5 % por 9 meses, el 8 % por 30 días hábiles administrativos y el 3 % por 45 días hábiles administrativos, producto de los operativos realizados en diferentes puntos de Mar del Plata y Batán.

Durante el período de inhabilitación, la División Administración de Infractores de Transito e Inhabilitados ingresa los datos de las personas que fueron inhabilitadas por el periodo que los jueces municipales hayan determinado y automáticamente esa información circula en todo el territorio de la Argentina, imposibilitando que cualquier persona que haya tenido una accesoria de esta magnitud pueda realizar tramite alguno de licencia nacional de conductor.

En cuanto a las faltas graves que fueron labradas por los inspectores de Tránsito y los jueces que determinan la aplicación de la sanción que varía según la gravedad de la falta y la accesoria de inhabilitación varía según el instituto de la reincidencia, puede ir desde 30 días a 120 días en lo que respecta a alcoholemia, reiteración de faltas graves en el período de 2 años donde haya sido sentenciado.

Por falta de habilitación en transportes públicos y por competir en la vía pública, este último se encuentra en la ley 24.449 y sus modificatorias en el Artículo 24 -prohibición de competir-. Sin perjuicio de lo establecido en el Código Penal se encuentra prohibido conducir con exceso de velocidad, compitiendo con otro u otros vehículos o animales.

En este tipo de casos, el vehículo será secuestrado y retenido en depósitos municipales por 30 días si el infractor fuera el propietario. El infractor será además sancionado con la inhabilitación para conducir durante 6 meses reteniéndosele la licencia. En caso de primera reincidencia la inhabilitación será de 12 meses y en caso de segunda reincidencia la inhabilitación será definitiva. Si se trata de vehículos para el transporte de pasajeros, aunque no se exceda el máximo de velocidad, si la competencia tuviese por causas ostensibles finalidades comerciales y de ello derive el compromiso a la seguridad, las penalidades que anteceden podrán duplicarse, excepto la sanción de inhabilitación definitiva. Quedan exceptuadas de esta prohibición las competencias deportivas autorizadas legalmente.

Cabe señalar que en el articulo 19 del decreto 532/09 al momento de la renovación de la licencia nacional de conductor "no podrán acceder a una licencia con categoría profesional aquellos conductores que hallan sido inhabilitados".

La existencia del Sistema de Administración Centralizada de Infracciones que integra las bases de datos de antecedentes e inhabilitados de la provincia y se alimenta también con información del Registro Nacional de Antecedentes de Tránsito (Renat), donde la División Administración de Infractores de Transito e Inhabilitados la administra y reporta diariamente toda la información.

Este sistema a su vez se contrasta al momento de emitir la nueva licencia de conducir nacional, impidiendo que ciudadanos inhabilitados o con deudas puedan obtener o renovar su licencia de conducir en el resto del país.

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