Dura sanción a la empresa Claro de telefonía

Dura sanción a la empresa Claro de telefonía

La subsecretaria de defensa del consumidor de la provincia de Formosa aplico una dura sanción a la empresa prestataria de telefonía celular en esta provincia.

En dialogo con este medio el abogado Carlos Roble indico que su cliente inicio las actuaciones administrativas en Formosa por un servicio deficiente y por trato indigno.

La resolución dijo el letrado le dio la razón a mi cliente y condeno a la apresa por los rubros indicados.

Roble indico que la decisión de la subsecretaria se baso fundamentalmente en que, el artículo 4º de la Ley 24.240 LDC estatuye: “Información. El proveedor está obligado a suministra al consumidor en forma cierta, clara y detallada todo lo relacionado con las características esenciales de los bienes y servicios que provee, y las condiciones de su comercialización, cosa que la empresa incumplió.

Tratándose en presente caso, dijo Roble , de un caso en el cual el denunciante reclama tanto deficiencias en la presentación del servicio, como falta de información respecto de costos que se le pretendían cobrar al requerir la baja del mismo y omisión de respuesta ante reclamos realizados a la empresa, no habiendo esta presentado defensa alguna al respecto, no corresponde sino tener por acreditada la infracción imputada, relativa a la falta de información al denunciante, haciéndose posible la empresa de la sanción que más abajo se detalla.-

Esta es una buena sanción indico el letrado y es solo el comienzo de muchas acciones por motivos similares a varias empresas de telefonía y servicios finalizo.

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