El representante legal de una de las familias damnificadas dialogó con LA OPINION sobre esta situación que están atravesando dado que deberían haber recibido en enero el dinero pero no se hizo efectivo desde Vialidad nacional. A su vez hizo referencia a los perjuicios que deparó la división de las tierras ya que imposibilita el trabajo de las mismas.
El abogado Diego Saranitte, representante legal de una de las familias damnificadas, le explicó a LA OPINION la difícil situación que está atravesando su cliente y marcó que varios de ellos vieron afectadas sus actividades agrícolas en función de este retraso.
- ¿Cuáles son las condiciones que están viviendo los propietarios de campos que son atravesados por la traza de la autovía?
- En principio, aclaro que me encuentro patrocinando a uno de los propietarios de los campos afectados por el trazado de la nueva autopista, quizás la familia más afectada por esta situación, ya que las tierras de su propiedad quedaron prácticamente dividas al medio, es decir, se le expropian aproximadamente diez hectáreas, existiendo la restante porción del lote prácticamente incomunicada. Más allá de los inconvenientes propios de esta situación, mis clientes comprendieron desde un primer momento que se trataba de una cuestión de utilidad pública y que no tenía sentido oponerse, ya que serían expropiados de todos modos. A mediados de 2013 son contactados por representantes de Vialidad nacional, quienes vinieron con la intención de negociar, a los efectos de lograr la firma de convenios de adquisición directa, para evitar la vía judicial.
- ¿Qué promesas hizo Vialidad nacional en el momento de expropiar las tierras a sus clientes?
- Vialidad, a través de sus representantes, ofreció firmar un convenio de adquisición directa, en el cual se pacta un precio que arbitrariamente dispone el Estado con más un diez por ciento del valor establecido conforme lo dispone el artículo Nº 13 de la Ley Nº 21.449, el cual comprende una especie de compensación “por todo concepto”. Bajo los términos de la legislación citada, se procedió a rubricar a mediados de octubre pasado un convenio de adquisición directa ante escribano público en nuestra ciudad.
- ¿Hubo incumplimiento de convenio por parte del Estado al momento de hablar con los propietarios?
- Por supuesto que no cumplieron; suscripto el documento mencionado, el Estado se comprometía en una de sus cláusulas a realizar el pago acordado dentro de los 90 días de firmado dicho convenio; es decir que mis representados deberían haber recibido su pago indemnizatorio el pasado 18 de enero pero no sucedió y al día de la fecha Vialidad nacional tampoco emitió los recursos acordados en los documentos.
Desde ya queda claro que estamos frente a una situación que representa una gravedad institucional muy importante y por ende alarmante; el Estado una vez más tomó compromisos que de antemano sabía que no podía afrontar y debido a la desconfianza que generan este tipo de maniobras es que al momento de firmar el convenio decidimos con mis clientes no otorgar permiso de uso hasta tanto no esté emitido el pago en las condiciones pactadas. Por lo que, según lo estipulado, el Estado hasta tanto no realice el pago no podrá avanzar con la obra, al menos en el trazado que corresponde a las tierras de mis clientes. En otros casos tenemos entendido que hubo vecinos que otorgaron permiso de uso al momento de suscribir el convenio, y lamentablemente en esos casos el Gobierno, aun sin abonar la indemnización, podría comenzar con sus tareas.
- ¿Conocen de situaciones similares en otros lugares?
- Particularmente en Pergamino y la zona, la situación es similar para todos los vecinos ya que ninguno recibió el dinero acordado; no tengo conocimiento en otras localidades aunque suponemos que debería suceder lo mismo que acá.
- ¿Cómo está la causa en estos días, qué sucedió y cuáles fueron las respuestas que tuvieron al reclamar?
- Vencido los plazos para el pago, se comenzó a intimar a Vialidad nacional mediante carta documento solicitando el cumplimiento de lo convenido; se intimó en varias oportunidades por la misma vía recibiendo como respuesta que el expediente se encontraba transitando el circuito administrativo correspondiente para su “oportuno pago”, paradójicamente su oportuno pago debió haber sido realizado en enero.
Más allá de los innumerables reclamos vía carta documento, telefónica y mediante otras instancias, siempre las respuestas son evasivas y tendientes a dilatar el asunto sin al menos dar una fecha concreta de pago. Desde ya está demás remarcar los prejuicios económicos sufridos por los vecinos, ya que el valor fijado por el Estado en octubre de 2013 nada tiene que ver con los valores que se estarían manejando en este momento, cuestión que es de público conocimiento y no resiste el más mínimo análisis.
Además de ello, en el caso particular de mis clientes, no fue un tema menor la pérdida económica sufrida al tener que modificar los términos del alquiler de su campo ya que el productor se encuentra con menos hectáreas que las acordadas.
A modo de síntesis, la expropiación por causa de utilidad pública es una facultad indiscutible que tiene el Estado, facultad que utilizada con buen fin beneficia a toda la comunidad, pero también es incuestionable que el Gobierno no puede violar libremente uno de los derechos más importantes y fundamentales que otorga nuestra constitución, como lo es el Derecho de Propiedad.
Comentá la nota