A través de una ordenanza aprobada por el Concejo Deliberante, personas con capacidades diferentes quedarán exentos de abonar la tasa general inmueble y la tasa de cementerio. La norma aplica a discapacitados adultos y menores.
Según se detalló, fue derogada la ordenanza 890 y se establecieron normas precisas para la exención de ambos impuestos. Según consta en la ordenanza: "El titular del Certificado de Discapacidad, gozará de una exención automática y total del pago de la Tasa General de Inmuebles de la vivienda en la que habita", al tiempo que: "El titular del Certificado de Discapacidad que tenga ingresos que en forma mensual no superen en más de un 150% el monto mensual de las Jubilaciones mínimas abonadas por el Organismo Previsional de la Provincia, estará exento en forma automática del pago de la Tasa de Cementerio correspondiente a nicho y sepultura de su cónyuge."
La norma se aplicará a la personas adultas que sufren algún tipo de discapacidad, así como para los padres que tienen a su cargo a un menor con capacidades diferentes.
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