Discapacitados destacaron las facilidades para votar

Discapacitados destacaron las facilidades para votar
Localmente se dispusieron todas las medidas conducentes para que se respete y haga valer el ejercicio del derecho al sufragio que les asiste a todas las personas que pudieran tener algún tipo de discapacidad o limitaciones en su desplazamiento por enfermedad o senectud.

Fue muy importante apreciar que en varias escuelas, a ciegos, a quienes se movilizaban en sillas de rueda, personas con Síndrome de Down, entre otras discapacidades, asistiendo a votar; y de la misma manera como las autoridades de mesa ponían la mejor voluntad en facilitarles ese propósito.

Es que con la sanción de la ley 26.571, de Democratización de la Representación Política, la Transparencia y la Equidad Electoral, se comenzaron a implementar medidas accesibles para el electorado como la posibilidad del voto de personas sordomudas que no se hacen entender por escrito y la subtitulación de la publicidad partidaria, además de los cuartos oscuros accesibles y las nuevas pautas que la ciudadanía debe adoptar.

Las personas internadas en centros de salud mental que no tengan certificado de insania, los sordomudos que no puedan hacerse entender por escrito y los ciegos acompañados por personas de su confianza, también estaban en condiciones de votar en las elecciones

La novedad de esta elección ha sido el voto asistido, permitiendo que el elector con discapacidad visual o alguna limitación permanente o transitoria que le dificulte la emisión del voto solicite ser asistido por una persona de su confianza o por el presidente de mesa. En estos casos al acompañante, la misma autoridad de mesa le pide su identidad y deja sentado sus datos, para luego autorizar su acceso al cuarto oscuro.

La norma también establece que si una persona ciega se presenta acompañada por un perro guía o de asistencia, las autoridades electorales deberán permitirles el ingreso al establecimiento y al cuarto oscuro.

Localmente desde la Defensoria del Pueblo se subrayó que estas medidas implican un “paso importante en materia de accesibilidad electoral, consagrando y efectivizando medidas primordiales consideradas por la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad”.

Los destinatarios de estas medidas incluyen tanto a las personas con discapacidad -motriz, sensorial, mental o visual- como a aquellas que presenten limitaciones que interfieran en su desplazamiento, visión, orientación y comunicación. Estas limitaciones pueden ser de características permanentes o temporales, visibles o invisibles. Se incluye de este modo -entre otros- a los adultos mayores, las mujeres embarazadas y a las personas con diversas “discapacidades invisibles” (cardiopatías, pacientes dializados u oncológicos, enfermedades psiquiátricas no incapacitantes).

En el marco de una reunión mantenida entre el Defensor Jose Gialluca y precandidatos a legisladores nacionales, de antemano se planteó acerca de la necesidad de que todos los lugares de votación concedan la posibilidad de sufragar a los electores no videntes, a los con movilidad reducida, con dificultades motrices y adultos mayores, siendo necesario la existencia de un COA- Cuarto Oscuro Accesible- para discapacitados, como factores facilitadores del acceso al voto.

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