El delito que se les imputa a los dos sospechosos tiene una pena mínima de 10 años y 8 meses. A pedido de la fiscalía, ambos quedaron detenidos con prisión preventiva por el término de noventa días.
La audiencia se realizó ayer a las 11 en la Oficina Judicial de Comodoro Rivadavia y fue presidida por la juez penal Alejandra Daniela Arcuri. La fiscalía fue representada por la funcionaria Verona Dagotto, mientras que los imputados fueron asistidos por el abogado adjunto de la defensa pública, Ricardo Amado en el caso de Marcial; y el abogado particular Guillermo Iglesias en el caso de Santana.
COAUTORES
La funcionaria de fiscalía calificó el caso como homicidio agravado por el uso de arma, en calidad de coautores y solicitó a la juez que se formalice la apertura de investigación en contra de Santana y Marcial. Argumentó que existen elementos de convicción suficientes para tenerlos como probables autores del delito que se les atribuye y que terminó con la vida de Juan Cruz Acosta.
La acusadora pública, además, sostuvo que en la camioneta Sprinter que conducía Marcial se movilizaban tres personas, entre ellos Santana y un tercero que los imputados levantaron en la avenida Lisandro de la Torre, cuya identidad mantendrá en reserva Diario Patagónico a fin de no entorpecer la investigación.
Dagotto también señaló que está pendiente la realización de una pericia balística en el utilitario, ya que se detectó un orificio de salida de bala y ello hace presumir que desde el interior también se produjo un disparo.
A todo esto se puso en conocimiento sobre el secuestro de una vaina servida calibre 32 en el lugar del crimen, mientras que si bien todavía no fue peritada, los investigadores presumen que el plomo extraído del cuerpo de la víctima pertenecería a un calibre 38.
Este dato permite suponer que hubo más de un arma en la escena del homicidio y fue algo que, a su momento, le dieron relevancia los defensores.
Para Dagotto, existió participación funcional respecto de Marcial, porque fue él quien trasladó a Santana hasta el lugar para consumar el ataque y luego lo sacó de allí marchándose a gran velocidad.
Más adelante sostuvo que en 48 horas se podrá solicitar una rueda de reconocimiento y finalmente, luego de fundar en los peligros de fuga y entorpecimiento de la investigación, la funcionaria de fiscalía solicitó el dictado de la prisión preventiva por el término de tres meses para los dos imputados.
HOMICIDIO EN AGRESION
A su turno, el abogado Guillermo Iglesias cuestionó la calificación escogida por la fiscalía y sostuvo que el delito podría encuadrar en homicidio en riña. Ello, teniendo en cuenta que del relato fiscal surge que existe una tercera persona y dos armas de fuego.
En otro tramo de su exposición y destacando la calificación que a su entender le corresponde asignarle al caso, rechazó el dictado de la prisión preventiva. Recordó que su asistido tiene arraigo, trabajo y un hijo que alimentar, por lo que solicitó la libertad con prohibición de acercamiento a los testigos y presentaciones semanales en la Oficina Judicial.
Por otro lado, el abogado de la defensa pública sostuvo que el caso de Marcial la calificación que corresponde es la de encubrimiento y también se opuso al dictado de una medida de prisión preventiva porque aún con el agravante del uso de arma, en el caso de recaer una condena esta podría ser de cumplimiento condicional. En razón de ello solicitó medidas sustitutivas, destacando el arraigo, la presentación espontánea y la relación laboral que mantiene.
Finalmente, tras escuchar a las partes, la juez formalizó la apertura de la investigación y dictó la prisión preventiva por el término de tres meses, mientras que le otorgó a la fiscalía el plazo de seis meses para culminar la investigación.
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