Hay una "dictadura" de ciertos jueces, según el legislador Raed

Para el titular de la comisión de Asuntos Constitucionales, la sentencia es irresponsable. El peronista criticó a los magistrados que objetaron la mayoría política en la integración de la Junta Electoral Provincial.
"Esta sentencia es un verdadero tremendismo jurídico, y nos pone frente a una situación muy delicada. Si continuamos en esta línea, la Constitución provincial íntegra corre peligro, y su caída produciría un grave vacío jurídico", alertó el legislador alperovichista Antonio Raed, en diálogo con LA GACETA.

El presidente de la comisión parlamentaria de Asuntos Constitucionales fue muy crítico respecto del pronunciamiento de la Sala II de la Cámara en lo Contencioso Administrativo (firmado por Rodolfo Novillo y por Carlos Giovanniello) que consideró nulos dos artículos de la Carta Magna reformada en 2006. El fallo echó por tierra la actual integración de la Junta Electoral Provincial (JEP) -con mayoría del poder político por sobre el judicial- y la prohibición de que se dicten normas para imponer a los funcionarios que se presenten como candidatos, que tomen licencias obligatorias un mes antes de los comicios, puntos cuestionados por el Movimiento Popular Tres Banderas (MP3).

Raed insistió en que está en riesgo toda la arquitectura institucional de Tucumán. "Jamás debió abrogarse ni una sola norma de la Constitución; acá hubo fallos irresponsables, con uso y abuso de las facultades por parte de los jueces. Estamos en la dictadura de ciertos jueces, los que adoptan decisiones de carácter netamente político y no jurídico, que pusieron al borde del colapso a los poderes de la Provincia", denunció.

- ¿Cómo se supera esta situación?

- Sólo se pueden cambiar artículos mediante una nueva Convención Constituyente, nunca a través de un fallo judicial. Espero que la Corte Suprema de Justicia revise la decisión de instancia inferior cuando se aboque a analizar el recurso que presentará el Gobierno. Debe imperar el buen sentido y priorizarse el concepto general de la seguridad jurídica, más allá de las alternativas estrictamente judiciales.

- ¿La Legislatura no dictará ninguna nueva ley para poder destrabar esta crisis?

- De ningún modo, porque también se anuló el régimen de enmiendas legislativas que hubiese permitido salir de este atolladero. Una cláusula constitucional sólo puede ser suplantada por otra norma de idéntico rango. Cualquier ley al respecto sería inconstitucional a todas luces. Probablemente haya que adoptar algún tipo de criterio coyuntural para frenar esta crisis, pero confío en que la Corte actúe correctamente.

- ¿Los camaristas se equivocaron al intervenir?

- Sí, porque antes de entrar a analizar la cuestión de fondo que se ponderó en la sentencia, deberían haber hecho un análisis procesal sobre la viabilidad de los planteos que efectuó el MP3. El fallo surgió de un pedido de control difuso de constitucionalidad genérico, cuando en el sistema jurídico sólo se puede avanzar cuando hay un derecho legítimo puntual afectado o agraviado. Los camaristas no tuvieron una evaluación prudente ni suficientemente razonada antes de actuar.

- ¿Peligran las elecciones provinciales al no haber JEP?

- Como el recurso que presentará la Provincia tiene el efecto de suspender la ejecución de la sentencia, entiendo que los comicios se podrán celebrar sin ningún inconveniente con la actual integración de la JEP. Hasta que el fallo no quede firme y pase en autoridad de cosa juzgada, puede seguir actuando con la composición presente.

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