El 19 de diciembre se votará la ordenanza de jardines maternales

El 19 de diciembre se votará la ordenanza de jardines maternales
Desde 1993 rige en la ciudad la ordenanza 4.221 para el funcionamiento de los jardines maternales privados. Sin embargo, el escándalo desatado en octubre de 2012 en La Hormiguita Viajera cuando circularon las imágenes de una bebé amordazada, el Concejo Deliberante comenzó a trabajar en la modificación de esa normativa, adaptándola además para contener otras figuras como talleres recreativos y ludotecas, cuya presencia crece hoy en Comodoro Rivadavia pero no tenía mayor injerencia en la época en que se aprobó la citada ordenanza.

Frente a la necesidad de contar con una ordenanza que actualice las regulaciones en torno a los jardines maternales privados, concejales de diferentes bloques trabajaron en varios proyectos y durante marzo último en la primera sesión ordinaria de este año, tomó estado parlamentario una iniciativa de Darío Espinosa (PJ Modelo Chubut).

Si bien se trataba de un proyecto integral, su tratamiento en comisiones determinó que sea desdoblado para llevar a recinto el jueves 19 de diciembre dos ordenanzas. Una de ellas regirá a los jardines maternales y otra a los talleres recreativos.

En lo que a jardines respecta, la ordenanza recoge requisitos ya existentes en las normativas anteriores, completándolos y adecuándolos a las situaciones de abusos denunciadas en octubre de 2012 en el jardín La Hormiguita Viajera, seguido de una serie de denuncias por malos tratos en otros establecimientos, incluso de la órbita municipal.

Entre las nuevas exigencias se incluye la instalación de cámaras web, destinadas al control parental y los exámenes psicofísicos para el personal a cargo de las instituciones.

Entre sus disposiciones, la ordenanza además determina que todas las entidades de esa naturaleza deberán contar con la habilitación respectiva, en tanto que la dirección de la institución deberá recaer en un profesional que posea título homologado por la autoridad de aplicación en Tecnicatura en Jardín Maternal, Profesorado de Nivel Inicial, Profesorado de Educación Preescolar o Licenciatura en Trabajo Social, Licenciatura en Ciencias de la Educación, Licenciatura en Psicología, Licenciatura en Psicopedagogía y/o títulos afines, con experiencia mínima previa de dos años.

CAMARAS WEB

Además, la institución deberá contar con la instalación de cámaras Web o cámaras de Red con el fin de permitir a los padres o tutores el acceso a esas imágenes en tiempo real mientras que dado que el tratamiento de las imágenes incumbe al personal docente y no docente que prestan servicios profesionales, estos deberán otorgar su consentimiento a la captación de su imagen.

A la vez, deberá garantizarse la seguridad y la confidencialidad, en particular cuando el acceso a las imágenes se produzca a través de internet, siendo imprescindible que éstas se encuentren en un lugar de acceso restringido en el sitio web, habiendo proporcionado previamente a los padres un nombre de usuario y contraseña.

Los controles sobre los jardines fue un eje de largo debate, dado que originalmente se pretendía que estos recaigan sobre la Secretaría de Desarrollo Humano y Familia, aunque su titular, Ana Llanos, rehusó tal responsabilidad por cuanto la comuna tiene a cargo jardines maternales.

En tal contexto, la nueva normativa dispone que corresponderá a la Supervisión Seccional Región VI del Consejo Provincial de Educación coordinar, acompañar y evaluar la actividad docente que se desempeñe en los establecimientos. Deberá quedar constancia escrita de las supervisiones semestrales a cada establecimiento y se deberá enviar una copia a la autoridad de contralor que designe dentro de la Municipalidad.

La norma se completa con artículos dedicados a las cuestiones sanitarias, nutricionales, previsiones respecto de las instalaciones (características funcionales, locales obligatorios, seguridad constructiva) y dispone el plazo “máximo e improrrogable” de 45 días a partir de la promulgación para que las instituciones en funcionamiento previo a la norma se adecúen a esta.

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