*Pidió la intervención de la Dirección Nacional de Datos Personales para que controle los convenios alcanzados por algunos municipios y provincias.
“Distintos distritos que están avanzando en la incorporación en este tipo de base de datos a deudores de tasas municipales o impuestos provinciales. Esto por un lado, tiene por miras atacar la especulación fiscal, y dar mayor justicia, equidad y cobrabilidad del sistema fiscal. Pero, no puede dejar de apreciarse que como efecto directo en el contribuyente traería aparejada, a través de un uso poco regulado y sin controles efectivos, serias dificultades para estos, tales como la exclusión dentro del circuito bancario”, señaló Guinle.
La inclusión en el Veraz o Nosis se traduce generalmente en la imposibilidad de obtención de créditos y de apertura de cuentas bancarias, con lo cual puede inferirse que dichos bancos tienen por finalidad la comprobación de la solvencia crediticia de un determinado cliente. “A poco que se repare el
contenido de la información brindada y su utilidad, cabe preguntarse si la inclusión de deudores impositivos como una medida de presión tributaria y coerción sobre los contribuyentes en parte no desnaturaliza la esencia de los Bancos de Datos antes referidos”, remarcó Guinle.
“En tal sentido, considero necesario conocer cuáles han sido las acciones por parte del Estado Nacional, con miras a fiscalizar y controlar el cabal cumplimiento por parte de dichos bancos de datos y de los propios Estados de los derechos consagrados en nuestra legislación”, agregó.
La preocupación de Guinle no es caprichosa. Es la propia Constitución Nacional la que regula la acción de habeas data en el párrafo tercero del artículo 43, donde establece expresamente que “Toda persona podrá interponer esta acción (de amparo) para tomar conocimiento de los datos a
ella referidos y de su finalidad, que consten en registros o bancos de datos públicos, o los privados destinados a proveer informes, y en caso de falsedad o discriminación, para exigir la supresión, rectificación, confidencialidad o actualización de aquéllos…”
“Es cierto que el Estado debe buscar la forma de lograr el cobro de las tasa e impuestos legalmente constituidos, sin embargo, no por ello debe avanzar sobre derechos de los ciudadanos consagrados por la propia Constitución”, finalizó.
Comentá la nota