Corresponden a planes laborales. El Tribunal de Cuentas responsabilizó a José Luis Collinao.
Las rendiciones cuestionadas pertenecen a desembolsos de mayo, junio y julio de 2011, mayoritariamente relacionados con fondos destinados a planes laborales, llamados TyC (de Trabajo y Capacitación) y otorgados a beneficiarios a través de municipios u organizaciones intermedias.
Este esquema de aportes se creó en el 2008 en el segundo mandato del gobernador Miguel Saiz, reemplazando a los también polémicos PER, y siempre se sospecharon de su utilización proselitista. Por caso, los expedientes cuestionados pertenecen a los meses anteriores a las elecciones de setiembre del 2011.
Ahora, el Tribunal -que integran Juan Huentelaf y Erika Acosta- observó la rendición de agosto de 2011, concluyendo con la promoción de juicio de cuentas contra Collinao por la "existencia de gastos no debidamente comprobados" por 1.099.500 pesos.
En su análisis, el órgano de control enumera en su resolución que hay "observaciones comunes", como que "las órdenes de pago no identifican como beneficiario a la entidad destinataria y, entre otras objeciones, se consigna que "no hay identificación de proyectos a los que pertenecen los beneficiarios".
Tampoco figura -según el análisis del Tribunal- en los expedientes el "acto administrativo que autoriza los pagos de los proyectos presentados por organismos públicos u organizaciones no gubernamentales, sindicatos, comisiones de desocupados o asociaciones civiles sin fines de lucro con personería jurídica, detallando la cantidad de beneficiarios y el monto de las ayudas económicas".
En otra parte, la norma puntualiza en irregularidades en una decena de expedientes, de mayo, junio y julio del 2011. En uno de ellos, el órgano precisa que "no se agregan los recibos de pagos" por algo más de 500 mil pesos en los envíos realizados a 28 localidades. En su recopilación, el Tribunal recordó que el programa se creó en el 2008 para "la capacitación laboral de personas en situación de desempleo, pobreza o vulnerabilidad social".
Después, el organismo reafirmó su reglamento de control, consignando que el expediente de rendición debería "tener la fundamentación del gasto, factura original, constancia de recepción de conformidad del bien y/o servicio, resolución aprobatoria del gasto, intervención del servicio contable respectivo, imputación presupuestaria, comprobante de pago y/o transferencia y/o certificación de giros al interior". Confirma que ninguno de esos trámites se "habría aprobado mediante acto administrativo la rendición presentada".
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