El sorteo se realizó sobre la base de los tres últimos números del DNI y las dos terminaciones que salieron elegidas fueron 983 y 461. Quienes tengan su DNI finalizado en esas tres cifras, conformarán el cuerpo de juzgamiento en los 18 departamentos judiciales de la provincia.
La designación se realizó sobre la base de los tres últimos números del Documento Nacional de Identidad y las dos terminaciones que salieron sorteadas fueron 983 y 461, por lo que los ciudadanos que tengan sus DNI finalizados en esas tres cifras, conformarán los jurados para juicios penales.
Del total de los 11.384 bonaerenses elegidos, la mayoría (10.890) serán ciudadanos de la provincia de entre 21 y 75 años con el documento terminado en 983, mientras que el resto serán los que tengan la terminación 461 y serán elegidos en orden alfabético según el padrón electoral.
La cantidad de personas seleccionadas para el jurado está dada en una proporción de una cada mil habitantes que estén entre la franja etaria mencionada.
El grupo seleccionado se distribuirá entre los 18 departamentos judiciales de la provincia, los cuales se encargarán de depurar la lista apartando a los inhabilitados para luego conformar el padrón final que será remitido a la Suprema Corte.
De ese listado, cada vez que un imputado solicite ser juzgado por esta modalidad, se compondrá otro de 48 por cada distrito ya que los jurados deben pertenecer al departamento judicial donde ocurrió el hecho. La nueva selección, realizada esta vez por la Suprema Corte de la Provincia, conformará en 30 días el jurado de 12 titulares y 6 suplentes. Luego las partes podrán impugnar a aquellos miembros del cuerpo de ciudadanos que crean impropios. Hay un número ilimitado de recusaciones con causa y 4 que pueden hacer sin causa. De esta manera se llegará a los 12 integrantes finales, que siempre serán 6 hombres y 6 mujeres.
Proceso obligatorio
Participar del proceso será obligatorio por tratarse de una “carga cívica” y los civiles recibirán una remuneración, mientras que los imputados tendrán derecho a renunciar a la aplicación del juicio por jurado de civiles.
El cuerpo será presidido por el juez, quien suministrará las instrucciones para que los jurados deliberen, y luego los integrantes deberán reflexionar en sesión secreta por un plazo máximo de dos días, prorrogable por igual período, para determinar la culpabilidad o inocencia del acusado. En caso de no existir acuerdo entre los integrantes del jurado la votación se repetirá en tres oportunidades y de seguir así se planteará la no culpabilidad o se declarará estancado el debate, para lo cual hará falta conformar un nuevo tribunal.
Requisitos
Solo podrán ser jurados los argentinos nacidos o naturalizados con no menos de cinco años de ciudadanía, que tengan entre 21 y 75 años, entiendan “plenamente” el idioma nacional, estén “en pleno ejercicio de los derechos ciudadanos” y gocen de aptitud física y psíquica suficientes para el desempeño del cargo. Mientras, no podrán serlo aquellos que desempeñen cargos públicos por elección popular o con rango equivalente o superior a director, en el Estado nacional, provincial o municipal, o en entes públicos autárquicos o descentralizados, ni los representantes de órganos legislativos de los tres estamentos.
En tal sentido no podrán formar parte del jurado los funcionarios o empleados del Poder Judicial Nacional o Provincial, integrantes en servicio activo o retirados de las fuerzas de seguridad, del Servicio Penitenciario, los directivos de agencias de seguridad privada y quienes hubiesen sido cesanteados o exonerados de la administración pública nacional, provincial o municipal o de las fuerzas de seguridad. Además, estarán inhabilitados para ser jurado los abogados, escribanos y procuradores, los condenados por delito doloso, los imputados que se encuentren sometidos a proceso penal en trámite, los ministros de un culto religioso y las autoridades directivas de los partidos políticos.
La Ley se aplicará en nuestra ciudad en un caso de tentativa de homicidio
Este sistema de juzgamiento se aplicará en nuestra ciudad en el marco de una causa por tentativa de homicidio, en la que el titular de la Fiscalía Nº 8, Pablo Santamarina había requerido que el juicio se realice con la intervención de un jurado popular y el pedido fue aceptado por parte de la defensora oficial, Virginia Gaspari.
El caso en cuestión tuvo lugar los primeros días de marzo de este año, oportunidad en que un sujeto habría intentado matar a otro con un cuchillo en el marco de una pelea en el interior de una vivienda, luego de una discusión entre ambos.
Teniendo en cuenta que la persona está acusada del delito de tentativa de homicidio y que la pena máxima que puede llegar a imponerse es superior a 15 años, el fiscal solicitó el juicio por jurados.
Habiendo quedado firme el pedido de juicio practicado por la Fiscalía y teniendo en cuenta, además, que tanto la defensa como el procesado se conformaron con que sea un jurado compuesto por ciudadanos pergaminenses el que decida el caso, el expediente fue remitido por Juzgado de Garantías Nº 1, a cargo del doctor César Solazzi, al Tribunal Criminal para que se prepare todo lo relativo a la celebración del debate.
El juicio será dirigido por uno de los jueces que integran el Tribunal (Miguel Gaspari, Danilo Cuestas y Guillermo Burrone).
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