A raíz de los movimientos de tierra que realiza maquinaria pesada contratada por el Club Aldosivi y que estarían afectado a parte de la laguna continental de la Reserva Natural Puerto, lo que generó actuaciones ante la Justicia por parte de las autoridades responsables del cuidado del ecosistema urbano; los concejales del GEN y de Movimiento Peronista presentaron en las últimas horas sendos proyectos de Comunicación solicitando que se informe si existe un estudio de impacto ambiental y si la obra cuenta con autorización municipal.
PIDEN DETALLES DE LA OBRA EN LA RESERVA
En primer término, el edil del bloque unipersonal Movimiento Peronista, Mario Lucchesi, elevó un proyecto de Comunicación por medio del cual solicitó al Departamento Ejecutivo que, a través del organismo administrativo que corresponda, “informe detalladamente sobre las obras de remoción de plantas, tierra y escombros que está ejecutando el Club Aldosivi al lado del predio protegido; si las mismas cuentan con autorización y el impacto ambiental sobre dicha zona”.
Según expuso, el pedido responde a que “las autoridades del Club Aldosivi han manifestado que se trata de tareas de resembrado pero los representantes de la Fundación de la Reserva hicieron notar que para ello no se necesitan palas mecánicas ni retroexcavadoras, por lo que dudan de la veracidad de las declaraciones del representante legal del club”, además de que dicho espacio fue reconocido “como reserva natural por Ordenanza Municipal 7927/90 y como área protegida mediante Ordenanza Municipal 11.038/97 razones más que valederas para que el Municipio de Gral Pueyrredón no permanezca ausente en el presente conflicto”.
Asimismo, remarcó que “la ley provincial 11.723 dispone que los centros deportivos deben estar autorizados mediante declaración de impacto ambiental, lo que claramente significa que este tipo de actividades como cualquier otra que realiza el club en el predio referenciado debería tener autorización o licencia otorgada por la autoridad ambiental municipal”.
INACCIÓN MUNICIPAL
Por su parte, los concejales del GEN, Guillermo Schütrumpf y José Cano, presentaron otra Comunicación pidiendo al Ejecutivo Comunal que “informe las causas por las que omitió actuar ante la denuncia de la Fundación Reserva Natural del Puerto de agosto de 2010, referidas a las acciones por parte del Club Aldosivi en un predio lindero a la Reserva Natural del Puerto”.
De acuerdo a lo manifestado por los ediles, “este humedal costero resulta un ámbito de vida silvestre de importancia, ya que se encuentra rodeado de áreas fabriles, urbanizadas y turístico-recreativas, constituyendo un área de interfase entre esos usos”. “Son espacios de poca superficie pero de gran diversidad biológica, que brindan servicios a las ciudades dado que allí, además de ser el hábitat de especies de flora y fauna, se llevan adelante procesos como la producción de oxígeno y la recarga de acuíferos”, resaltaron.
En tanto, hicieron hincapié en que “en agosto de 2010 el Club Atlético Aldosivi, permisionario de la fracción inmueble que limita hacia el sur con la Reserva Natural del Puerto, comenzó con tareas de tala de árboles y arbustos, desmonte y destape de la cobertura vegetal del pastizal que rodea dicha fracción, en un predio sobre el que carece de permiso de uso”. “Al haber tomado conocimiento en forma extraoficial que el club pretende construir un centro deportivo y un estadio de fútbol en el lugar, la Fundación Reserva Natural del Puerto, mediante sendas carta-documento se dirigió al Consorcio Regional Potuario, a la Municipalidad de General Pueyrredon y a la O.P.D.S denunciando las tareas presuntamente efectuadas sin permiso administrativo alguno y solicitando la intervención de éstos organismos gubernamentales”, señalaron.
En tanto, advirtieron que “ante el silencio y la inacción del estado municipal y provincial la Fundación recurrió a la Justicia Federal en autos caratulados: “FUNDACIÓN RESERVA NATURAL PUERTO MAR DEL PLATA c/ CLUB ATLÉTICO ALDOSIVI s/ SUMARÍSIMO” (exp.89665/10) tramitado ante el Juzgado Federal Nº 2 Secretaría Nº 1 de Mar del Plata obteniendo una medida cautelar que ordenó paralizar las obras” pero que, “a pesar de la determinación judicial el club Aldosivi, prosiguió con las tareas de desmonte, quema y destrucción de pastizales y tala de árboles, siendo apercibido por parte de la Justicia Federal por incumplimiento de la orden judicial y con la posibilidad de remitir los antecedentes a la Justicia Penal, por posible comisión de acto ilícito”.
En ese orden, sostuvieron que “llama poderosamente la atención que a pesar de haber tomado estado público, las denuncias de la Fundación y la falta de una autorización administrativa, ni el Consorcio Regional Portuario, ni la Municipalidad de General Pueyrredon hayan actuado paralizando el accionar del club”.
“Habiéndosele corrido traslado al municipio de la acción de amparo, su apoderado legal niega que se haya ingresado a la Reserva con maquinaria pesada para las tareas de tala y desmonte, niega que sea obligación de la comuna verificar el cumplimiento de la ley 11.723 en este caso y niega que sea el municipio el que deba velar por la protección de la Reserva Natural Puerto Mar del Plata”, completaron.
Y subrayaron que “la ley 11.723 es clara en este aspecto: una obra como la que el Club proyecta requiere una Declaración de Impacto Ambiental previo a la autorización administrativa para su construcción”. “En este caso, es el Municipio el encargado de emitir esa DIA, de acuerdo a lo normado en el Anexo II punto 2 de la ley: “serán sometidos a Evaluación de Impacto Ambiental municipal los siguientes proyectos: (…) b) Emplazamiento de centros turísticos, deportivos, campamentos y balnearios””.
No obstante, manifestaron que “a pesar de encontrarse en zona de jurisdicción administrativa del Consorcio Portuario Regional, corresponde al Municipio otorgar la DIA”, y ejemplificaron: “Años atrás, el Municipio emitió la DIA correspondiente al Balneario "Arenas Blancas", dentro de la zona de jurisdicción del Consorcio y, para esa misma época, el municipio, a través de la Delegación Municipal del Puerto paralizó la construcción de una pensión y lavadero de mascotas, dentro del área de jurisdicción de la Administración de Punta Mogotes, por incumplimiento de la ley 11.723 y por encontrarse en un espacio comprendido por el Área Protegida del complejo de lagunas de Punta Mogotes (ordenanza 11.038)”.
“La acción del Municipio se efectuó en virtud del artículo 23 de la ley 11.723 que establece 'si un proyecto de los comprendidos en el presente Capítulo comenzara a ejecutarse sin haber obtenido previamente la Declaración de Impacto Ambiental, deberá ser suspendido por la autoridad ambiental provincial o municipal correspondiente'”, explicaron, al tiempo que señalaron que “pese a la prescripción legal, de las denuncias y del estado público que el caso tomó, tanto las autoridades municipales como las del Consorcio Regional omitieron actuar, por razones que desconocemos”.
Finalmente, los concejales del GEN destacaron que “la Asociación Vecinal de Fomento de Punta Mogotes ha presentado ante las defensorías del pueblo de General Pueyrredon y de la Provincia de Buenos Aires, dos denuncias solicitando que se esclarezcan los motivos de las inacción de las autoridades municipales y provinciales”.


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