Entró en vigencia la ordenanza que establece sanciones económicas, clausuras y decomisos para los comercios que vendan medicamentos y no estén habilitados bajo el rubro de Farmacia.
Así se estableció la prohibición de la venta, despacho y distribución de medicamentos o especialidades medicinales en todos aquellos lugares que no hayan sido especialmente habilitados como rubro “Farmacia” y de esta manera quedan sujetos al ámbito de aplicación todos los comercios mayoristas o minoristas de cualquier naturaleza que se encuentren radicados dentro del ejido municipal.
En cuanto a las infracciones, la normativa establece que todo comercio fuera del rubro Farmacia que contravenga lo establecido recibirá una sanción monetaria y clausuras por 10, 15 días o el cierre definitivo según la gravedad o reincidencia de la falta.
A la vez las autoridades pertinentes procederán al decomiso de los productos medicinales y/o medicamentos que dieron lugar a la sanción.
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