¿Cuál será el mecanismo para calificar los antecedentes de quienes se postularan en un concurso convocado con el fin de cubrir una vacante en el Poder Judicial? La llave la da el artículo 41 del Reglamento Interno del Consejo Asesor de la Magistratura (CAM), que hoy será publicado en el Boletín Oficial. El CAM sesionará a partir de las 17.
En relación con el sistema que se seguirá, cada consejero estudiará los antecedentes de los concursantes y sugerirá una calificación. "Si no hubiera uniformidad de criterio, se tendrá en cuenta el puntaje de la mayoría. En caso de no haber mayoría, el puntaje resultará del promedio de las distintas notas que los miembros del CAM le hubieran asignado al postulante", ordena el artículo 41 del reglamento.
La prueba de oposición, por la que se concederá hasta 55 puntos, consistirá en el planteamiento a los concursantes de dos casos por parte del jurado (lo conformarán un magistrado, un abogado y un catedrático). Los evaluadores, que por medio de un sistema de claves alfanuméricas corregirán anónimamente (sin saber quién hizo cada prueba, para mayor transparencia), tendrán en cuenta "la consistencia jurídica de la solución propuesta, la pertinencia y el rigor de los fundamentos, así como la corrección del lenguaje utilizado" (artículo 39).
Comentá la nota