La derecha tiene prioridad de paso absoluta

La derecha tiene prioridad de paso absoluta
Un fallo del Tribunal Superior de Justicia determinó que en caso de accidentes no importa quién llega primero a la intersección. El criterio no se aplica si hay una violación al límite de velocidad.

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) resolvió que en caso de accidentes de tránsito la prioridad de paso absoluta en las intersecciones es de quien viene por la derecha, sin importar quien llegue antes. La regla no se aplica si hay exceso de velocidad por parte del vehículo que tiene derecho de paso.

Así lo determinó la Sala Civil del TSJ, integrada por Ricardo Kohon y Oscar Massei, en una causa por un accidente de tránsito, que fijó un nuevo criterio sobre el alcance de la prioridad de paso que cambia la doctrina anterior.

Antes se aplicaba el criterio de prioridad para quien llegaba antes al cruce. No obstante ello, también indicaron que no se aplica este razonamiento si el que viene por la derecha no respeta los límites de velocidad, presupuesto técnico sobre el que se organiza el sistema de tránsito.

Más visibilidad

Los integrantes de la Sala Civil consideraron que cuando el legislador elige asignar la prioridad de paso a quien circula por la derecha “lo hace con un criterio de razonabilidad práctica” y “ese criterio no es otro que el de la visibilidad, dado que los vehículos llevan el volante del lado izquierdo, el ángulo de visión es mayor hacia el lado derecho”.

En la sentencia se expresa que “la manda legal obliga al conductor que viene por la izquierda a permitir que pase primero el que viene por la derecha porque cuenta con prioridad de paso, más allá de quien esté más cerca o más lejos de la encrucijada”.

“Sin embargo –continúa el fallo-, debe tenerse en cuenta que el legislador ha organizado el sistema de tránsito sobre el presupuesto técnico de ciertos topes máximos de velocidad, pues tal como reflexiona con acierto Carlos Tabasso Cammi, no hay orden ni seguridad posible si se circula a una velocidad excedida para la circunstancia o ultrapasando los topes admitidos, puesto que así se llega antes de lo debido a todos los puntos del recorrido, constituyéndose en un factor inesperado, imprevisible, conflictivo y alterador de la normalidad que cabría esperar conforme al principio de confianza”.

Velocidad

Los jueces consideraron que la regla “primero derecha” no le quita responsabilidad al conductor que goza de paso preferente, ni lo exime de cumplir con las pautas básicas del tránsito vehicular conservando el dominio de su rodado. Y agregaron que dentro de las normas de tránsito el límite de velocidad no se puede transgredir.

La Sala Civil del TSJ consideró que si hay “exceso de velocidad, la visualización resulta imposible o muy dificultosa”.

Y agregó que la prioridad de paso para el conductor que circula por la derecha no puede interpretarse como “la facultad de arrasar con todo a su paso, porque ello no sólo sería injusto sino que pondría en peligro absoluto la circulación por la vía pública, al llevar a la regla de la prioridad a una desbordada aplicación”.

Estas resoluciones surgieron de un fallo de la Sala Civil del TSJ en una causa por un accidente ocurrido en agosto de 2000 entre un camión y una moto. Los jueces determinaron que ambos conductores tenían el 50% de la responsabilidad, el del rodado mayor por no respetar la prioridad de paso y el de la moto por superar el límite de velocidad.

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