Denunciarán penalmente al que dañe las barreras

Denunciarán penalmente al que dañe las barreras

La Defensoría del Pueblo de la Provincia informó que se encuentra investigando las denuncias efectuadas por vecinos de esta capital, que dan cuenta de perforaciones en zonas cercanas a la defensa de contención de las aguas del Río Paraguay e incluso de tentativa de destruir parte del terraplén para que las aguas ingresen a ciertos sectores de la ciudad y así poder usufructuar la ayuda del Estado. 

Con relación al particular, el Defensor José Leonardo Gialluca expresó: son dos los casos puntuales que investigamos, uno, es el de los vecinos de Villa Jardín quienes señalaron la existencia de perforaciones en adyacencias de la barrera, las que estarían causando filtraciones, del lado protegido; fosas que estarían siendo realizadas por un particular para el cercado de un perímetro. Por otro lado, en la zona del barrio San Juan, una persona cuya identidad se está cerca de establecer, arengaba a sus vecinos para que abrieran una brecha en las defensas y así, una vez inundados, ponerse en condiciones de exigir a las autoridades asistencia de toda índole.

En ambos casos, remarcó el ombudsman local, es sumamente destacable que los vecinos intervinieran directamente ante estas personas inescrupulosas, persuadiéndolas a que desistan de sus acciones, sin perjuicio de lo cual, dada la delicada situación en la que nos encontramos, debido al avance de las aguas del Río Paraguay, realizaron los pertinentes reclamos ante la Defensoría.

Gialluca informó que, por un lado, la Defensoría, ha puesto en conocimiento de estas situaciones a la intendencia de la municipalidad de Formosa, a efectos de que se asegure la integridad del terraplén, descarándose el peligro de ruptura del mismo y por el otro, la Secretaría Letrada fue instruida para que realice las pertinentes denuncias penales, contra cualquier persona que, como consecuencia de este tipo de acciones, causarse el anegamiento de algún sector de la ciudad.

Dado que incurre en el delito previsto y reprimido por el Art. 186º del Código Penal, todo aquel que cause una inundación que ponga en peligro común a los bienes de los vecinos de la comunidad, pudiéndole corresponder la pena de prisión o reclusión de tres a veinte años, según la gravedad de los daños que su inconducta causare. No obste lo cual, finalizó diciendo el funcionario, los casos señalados fueron de excepción, la respuesta de las autoridades, estuvo acorde a la circunstancias. Sin desmedro de lo cual, seguimos la línea investigativa y atento a lo que pueda pasar a futuro a fin de prevenir la instigación o producción de este tipo de hechos. 

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