La Defensoría del Pueblo lanza más cuestionamientos contra el Director de Asuntos de la Comunidad

La Defensoría del Pueblo de General Pueyrredon, a través de la defensora adjunta Mónica Felices, elevó al Departamento Ejecutivo una recomendación promoviendo una serie de modificaciones a la misión asignada a la Dirección General de Asuntos de la Comunidad.
Pultualmente, la funcionaria puso en consideración la posibilidad de que el titular de esa área, Marcelo Herminio Fernández, deba "interactuar desde el municipio con las Asociaciones Vecinales de Fomento, gestionando, colaborando y ejecutando programas que viabilicen soluciones en el ejercicio de la actividad del fomentismo, su equipamiento y servicio".

En otro artículo de su propuesta, promovió la derogación de actividades tales como “promover el acercamiento de los vecinos a las entidades vecinales para la promoción de nuevos dirigentes; velar por el cumplimiento de las normas estatutarias de las asociaciones vecinales para la realización de los fines institucionales y participar de las reuniones de comisiones directivas y/o asambleas de las asociaciones vecinales de fomento, para su mejor desenvolvimiento conforme los estatutos societarios”.

Según expuso, su pedido radica en que “los primeros dos ítems son de control exclusivo y excluyente de la Dirección de Personas Jurídicas, y a su vez, el promover el acercamiento de los vecinos, velar por el cumplimiento de las normas estatutarias, son misiones y funciones de los propios directivos de las asociaciones vecinales”.

En cuanto a la participación del Director de Asuntos de la Comunidad en reuniones de comisiones directivas y/o asambleas de las asociaciones vecinales de fomento, Felices remarcó que “según el estatuto vigente de dichas asociaciones, la participación es exclusiva de los asociados o de quien la propia asamblea decida”.

Entre los fundamentos de su recomendación, la Defensora del Pueblo adjunta hizo hincapié en las “varias actuaciones iniciadas en ésta Defensoria del Pueblo por distintas Asociaciones Vecinales de Fomento, que denunciaban la intromisión del Director General de Asuntos de la Comunidad, Marcelo Fernández, en cuestiones inherentes a los directivos de las instituciones en su relación con la Dirección de Personas Jurídicas”.

A su vez, sostuvo que de la lectura del Anexo I del Decreto 773/2006, de las Misiones y Funciones de la Dirección General de Asuntos de la Comunidad, “algunos de sus ítems se contraponen al Decreto Ley 8671/76 Policía en materia societaria y texto ordenado por Decreto 8525/86 con las modificaciones introducidas por el Decreto Ley 9118/78 y la Ley 10159, para mayor abundamiento lo normado en la Disposición General Nº 27/84”, y añadió: “De la evaluación de las misiones y funciones del Anexo I del Decreto 773/2006 resulta necesario hacer las modificaciones correspondientes para el correcto funcionamiento de la Dirección General de Asuntos de la Comunidad”.

En tanto, Felices destacó que “ante la existencia de esta Disposición General, donde se lee en sus considerandos 'que ante las intervenciones realizadas por varias municipalidades Provinciales se produce un conflicto de poderes' y dispone en sus 4 artículos claramente la injerencia de la Dirección Provincial de Personas Jurídicas y la de los Municipios Provinciales”.

Y reparó en que “se tiene conocimiento de la existencia de convenios con las municipalidades donde claramente las pautas y normas son emanadas por la Dirección de Personas Jurídicas, como por ejemplo solicitar veedores por intermedio del municipio con sus correspondientes informes, ante las instituciones, o la certificación de firmas de dichas asociaciones”.

“Ante lo convenido, entendemos que de ninguna manera se delega la competencia legal para intervenir en el desarrollo, funcionamiento o capacidad de las asociaciones civiles, cuya autorización para funcionar le fuera otorgada por la provincia de Buenos Aires”, sentenció.

Comentá la nota