Defensor del Pueblo recomendó no autorizar instalación de locales nocturnos en Estación Norte

Ante la preocupación de los vecinos del barrio Estación Norte por la posible habilitación de una bailanta en avenida Jara al 1400, el Defensor del Pueblo adjunto Cristian Azcona elevó a consideración del Departamento Ejecutivo una recomendación solicitando que se excluya de la jurisdicción de esa Asociación Vecinal de Fomento los usos de suelo para confiterías, clubes privados, cabarets y demás establecimientos ligados a la actividad nocturna.
Según expuso el funcionario en la misiva a la que 0223.com.ar tuvo acceso, la presentación se debió a la “preocupación que genera entre los habitantes del barrio Estación Norte la posible apertura de un local bailable en avenida Jara 1445”, frente a lo cual solicitaron la “pronta intervención de la Defensoría del Pueblo para que garantice todas las medidas necesarias para no tener inconvenientes con este local comercial”.

De acuerdo a los expresado por Azcona, “los vecinos manifiestan que no se oponen a que se habiliten locales comerciales, pero no una bailanta” y por ello, “el 4 de agosto de 2011, se remitieron notas al Intendente Municipal, al Secretario de Gobierno y al Director de Inspección General”

“Con fecha 9 de agosto se realizó una reunión convocada por el Defensor del Pueblo y de la que participaron varios vecinos y el Subsecretrario de Control para evaluar posibles alternativas a la problemática planteada sobre la apertura de una posible bailanta”, explicó.

En ese orden, indicó que “los vecinos se oponen rotundamente a que se habilite una bailanta” mientras que “el Subsecretario de Control Adrián Alveolite manifestó que se debe recurrir al Honorable Concejo Deliberante para dar de baja normativas del Código de Ordenamiento Territorial en la zona”.

A su vez, Azcona mencionó que “el 7 de enero de 2011 se promulgó una Ordenanza bajo el número 20099, cuyo artículo 1 establece que se prohibese el funcionamiento de los siguientes establecimientos de servicios y comercios gastronómicos en el horario de 5 a 6.30, para los siguientes rubros y zonas: ZONA I: Establecimientos ubicados en la zona comprendida por las calles General Roca (ambas aceras) a Almafuerte (ambas aceras) y Carlos Pellegrini (ambas aceras) a Boulevard Patricio Peralta Ramos (ambas aceras)”.

Respecto de los servicios, añadió, la legislación abarca a los de Clase 2, es decir, “Bar, Bar Lácteo, Cafetería, Copetín al paso, casa de Té, Chocolatería, Confitería, Fonda y Cantina, Parrilla y Asador, Picadas y Minutas, Pizzería, restaurante, Sandwichería, Sandwichería al mostrador; así como los de Clase 3: Billar, Pool, Metegol, entretenimientos de Mesa hasta tres unidades, Bowbling, Café, Bar Nocturno, café Concert, Club Social y Cultural, Galería de Arte, Instituciones de Extensión socio-cultural, Juegos Electrónicos.

Y los de Clase 4: Boite, Cabaret, casa de Fiestas- Salón de Baile, Centro de Exposiciones permanentes cubiertas, Club Nocturno, Confitería Bailable, Dancing, Discoteca, Disquería, Restaurant con Espectáculos, Salas de Atracción y Espectáculos.

En ese marco, el Defensor del Pueblo elevó una recomendación en la que solicitó: “Exclúyese en el ámbito de la Asociación Vecinal de Fomento Estación Norte los usos de suelo para a) Servicio Clase 3 Turístico - Recreativo: Café, Bar Nocturno,

Café Concert y Club Privado; b) Servicio Clase 4 Turístico- Recreativo: Boite, Cabaret, casa de Fiestas- Salon de Baile, Centro de Exposiciones permanentes cubiertas, Club Nocturno, Confitería Bailable, Dancing, Discoteca, Disquería, Restaurant con Espectáculos, Salas de Atracción y Espectáculos".

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