El tribunal de la Cámara Primera del Crimen homologó un acuerdo de juicio abreviado y de ese modo impuso a un sujeto una pena de cuatro años de prisión efectiva, luego de que éste reconociera su participación en tres hechos calificados como lesiones graves, y uno de ellos, además, vinculado al delito de violación de domicilio. En todos los casos, la víctima fue su ex pareja.
El segundo hecho atribuido ocurrió el 29 de marzo de 2010, en el mismo domicilio, lugar al que llegó en horas de la madrugada y tras reprocharle a la mujer porque había radicado la denuncia, le propinó un golpe de puño en el rostro tras lo cual le aplicó una patada en la cabeza a la altura del arco superciliar izquierdo, dejándola inconsciente.
Finalmente, el tercer hecho ocurrió un día después, en horas de la tarde, cuando del mismo modo se presentó en el domicilio de la mujer y la obligó a subirse a la motocicleta en la que se desplazaba, trasladándola hasta el lugar donde se encuentra la escuela Nº 311 ubicada en el barrio San Francisco III de esta ciudad, en calle México y Costa Rica. Tras ello, el encartado obligó a Sandra Maribel Quidel a sentarse con él en el mástil de la bandera de la escuela mencionada, tras lo cual mordió el dedo meñique de la mano izquierda y el brazo derecho de la nombrada, y le aplicó una patada en la espalda y un golpe de puño.
La conducta desplegada por Alfonso fue calificada como constitutiva del delito de lesiones graves, tres hechos en concurso real, el primero de ellos en concurso real con violación de domicilio.
Realizada la audiencia de juicio abreviado, el fiscal de Cámara Carlos López ofreció mantener la calificación de los hechos, la declaración de responsabilidad del acusado, y una pena de cuatro años de prisión, además de declarar la reincidencia, considerando anteriores antecedentes del hombre.

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