Desde la comuna se avanza en la creación de un Juzgado de Faltas Municipal Nº 2 con competencia exclusiva en derechos del consumidor, lo que permitiría un mejor ordenamiento de las funciones a cargo de la Oficina Municipal de Atención al Consumidor (Omic) y superar el actual rol del Estado como autoridad de aplicación de la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor.
El área mencionada funcionaría dentro de la órbita de la Subsecretaría de Legal y Técnica municipal, según lo indica el proyecto de ordenanza elevado al Concejo Deliberante y que está en evaluación de los ediles de cada uno de los bloques políticos que conforman el cuerpo.
Costos y funciones
De acuerdo con lo expresado en la iniciativa, la creación del Juzgado de Faltas en competencia exclusiva en la materia y la Dirección de Defensa del Consumidor, no implicarían mayores costos operativos para la comuna, puesto que el desenvolvimiento de dichas áreas serían solventadas con el dinero proveniente del sistema de financiamiento previsto en el artículo 75 de la Ley 13.133 (Derechos del Consumidor) y recursos de la Ley 22.802 (Lealtad Comercial) y la Ley de Talles 12.665.
La puesta en marcha de ambas áreas permitiría separar eficientemente las políticas públicas de tutela de usuarios y consumidores con el juzgamiento de las infracciones, donde se corresponde priorizar un accionar imparcial que garantice el derecho al debido proceso adjetivo y la defensa en juicio.
Con dicha creación se persigue intensificar y fortalecer las acciones del funcionario a cargo de la etapa resolutiva de cada proceso, invistiéndolo de la jerarquía y facultades propias de un juez de Faltas de la Provincia.
Objetivos
La ordenanza impulsada por el Ejecutivo comunal manifiesta que la puesta en funciones del Juzgado de Faltas Nº 2 descongestionará el actual Juzgado de Faltas Municipal, ya que la nueva oficina centralizará los casos vinculados a los consumidores del distrito, permitiendo además la articulación con diferentes dependencias del municipio y ofrecer mayor tutela al consumidor.
Por su parte, en lo que se refiere a las funciones de la Dirección de Defensa al Consumidor, se pretende la constitución de una estructura administrativa con un cuerpo de agentes públicos permanente, que posibilitará una capacitación continua del personal, obteniéndose como resultado una oficina altamente calificada en lo referente a la protección estatal de consumidores y usuarios.
Asimismo, el director general de ese organismo podrá organizar campañas de difusión y educación, como un plus de calidad que se sumará a la tramitación de denuncias. ///
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