Las costas del caso Cedepre sumarían millones

Abogados de la provincia y de Unicorn reclaman.

En rebeldía de la empresa, debería pagar la provincia.

A 15 años de su creación, el controvertido bono Cedepre amenaza con originar un gasto millonario al Estado rionegrino. La historia de ese título –que gestó el gobierno de Pablo Verani para pagar a los jubilados pero concluyó en el mercado financiero internacional– pareció concluir cuando el Superior Tribunal de Justicia declaró su invalidez en el 2006 y, penalmente, cerró la investigación contra los dos únicos imputados, Tulio Bo y Norberto Fano, dos intermediarios foráneos.

Pero no fue el fin. Se sucedieron otros capítulos. En el último, la Justicia revisó los montos de los honorarios de los abogados –mayoritariamente representantes del Estado– y ordenó nuevos criterios que les asignarán sumas millonarias. Ante la ausencia del demandado (la empresa Unicorn y otros), esas costas judiciales podrían recaer en el Estado de Río Negro.

Tras el fallo del STJ, el juez Fermín Donate confirmó el año pasado que ese título era dominio exclusivo de la provincia, sin que nadie pueda esgrimir derechos sobre ese certificado. Así, clausuró cualquier reclamo civil contra Río Negro y fijó los honorarios "del 2% del monto base de 2 millones de pesos" para la representación legal del Estado y del 1,5 % para los abogados de la parte perdidosa. Ese costo rondaría los 70.000 pesos.

Los letrados apelaron esos valores que supuestamente deben pagar los demandados (Unicorn, Mahdad Nassiri Ansari, Tim Bosert y Portfern Limited), "declarados rebeldes", dice el fallo.

La Cámara desautorizó el monto base de 2 millones, habilitando la definición de valores muy superiores. El parámetro inicial oscilaría entre los 40 millones (valor nominal del Cedepre) y los 55 millones (con sus intereses). Calificó de "irrisorios" los montos asignados y ratificó los aranceles fijados por la ley G2212. Estos porcentajes rondan del 11 al 20% para la representación ganadora y del 7 al 17% para los perdedores.

El tribunal civil anuló los iniciales honorarios y ordenó que un juez subrogante establezca los nuevos valores. Prevé que "deberá determinar el monto del proceso para fijar esas retribuciones" y qué pautas serán consideradas para su distribución entre los abogados participantes.

Así, frente a los porcentajes testigos, los honorarios oscilarán de tres a cinco millones de pesos. ¿Quién pagará esas costas?. El fallo original -como siempre- los carga a la parte perdedora. Pero, los demandados están ausentes y son "rebeldes". El Estado de Río Negro podría afrontar esas erogaciones. La ley 21839 de Honorarios Profesionales –en su artículo 49– establece que el profesional puede cobrar sus trabajos no sólo del condenado en costas, sino también a su propio cliente. Hay antecedentes en este sentido con fallos del STJ de Tierra del Fuego.

En representación de Río Negro, se asignaron honorarios a Alberto Carosio (actual fiscal de Estado), Ignacio Racca, Gustavo Martínez (ex fiscal de Estado), Julio César Cueto Rúa y Sandra Bombardieri, en "forma conjunta", mientras que como letrados de Unicorn se asignó honorarios a Nelson Falugi, Carlos Gadano y Luis Ramacciotti.

La delegación de la Fiscalía –Carosio y Racca– se quejó por la asignación conjunta, reclamando su reparto por "la importancia jurídica" de cada actuación. Rechazan el monto base de 2 millones de pesos porque nunca existió esa pretensión y, en cambio, destacan el valor nominal de 40 millones de pesos, que llega a 50.653.926 pesos con intereses. Destacan que el juez "no tuvo en cuenta lo que significó económicamente sustraer a la provincia de reclamos relacionados con la emisión del bono cuestionado".

La sucesión de Cueto Rúa rechazó los honorarios por su "exigüidad" frente a "la complejidad de la demanda y el éxito obtenido".

También Martínez –que fue el fiscal inicial– cuestionó que no se diferencia la labor de cada profesional y rechaza la inclusión de Bombardieri ya que esa "profesional no intervino en la redacción ni presentación de la demanda". Bombardieri se quejó por los honorarios y el fallo advierte que su escrito "es copia textual" del presentado por Carosio y Racca.

También figuran apelaciones de Gadano y Ramacciotti. La Cámara –según el voto de Pablo Videla, el apoyo de Ernesto Rodríguez y la abstención de Gustavo Azpeitia– también calificó los montos de los letrados de "irrisorios" y planteó la nulidad por la ausencia de motivación del juez. Coincidió con los apelantes en cuestionar el monto base de dos millones porque no existió esa pretensión. "Esta errónea referencia al valor económico puesto en juego en el proceso invalida la totalidad de las regulaciones practicadas".

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