"Corresponde proteger a las víctimas"

“Al momento en que fue sancionada, la 2.212 era una ley de avanzada pero después en la práctica algunas cosas quedaron ambiguas y dieron lugar a que la decisión de un juez pueda favorecer o por el contrario revictimizar a las víctimas de violencia", señaló Marina Pacheco, del Servicio de Prevención de Violencia Familiar.
"En el artículo 2 se habla del grupo familiar como unidad conviviente o no conviviente basada en lazos de consaguinidad o de afecto, pero no establece si una relación de pareja, un noviazgo, entraría dentro de esta consideración. Hay muchas denuncias de chicas jóvenes o mujeres que tienen una relación pero no conviven o no tienen hijos y que son víctimas de violencia, y no pueden tomarle las denuncias porque no corresponde a un grupo familiar. De todas maneras, corresponde proteger a estas personas que son víctimas de violencia", explicó.

Otro punto controvertido para Pacheco es cuando los jueces toman audiencia en forma conjunta a la persona denunciada y quien hace la denuncia, "lo que resulta revictimizante para ésta".

Consideró que tiene que haber un marco jurídico o procedimiento específico para los casos de violencia familiar y conyugal, y otro marco para el resto de los casos de violencia contra las mujeres en los distintos ámbitos en que desarrollan sus actividades. Es necesario reformar la ley 2.212 pero además que se cumpla”.

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