TSJ correrá vista a la Fiscalía General por el recurso de Giacomino

TSJ correrá vista a la Fiscalía General por el recurso de Giacomino
Los vocales de la Sala Electoral del Tribunal Superior de Justicia recibieron de manera oficial el recurso de apelación presentado por el Frente Grande y el abogado Alejandro Pérez Moreno contra el fallo de la jueza electoral provincial Marta Vidal, por el cual se rechazó la posibilidad de una nueva reelección del intendente Daniel Giacomino.
Las fuentes consultadas por LA MAÑANA confirmaron que tras cumplirse los trámites formales de recepción, la causa será girada a Fiscalía General de la Provincia con el fin de que ese organismo determine si es admisible o no la acción declarativa de certeza electoral a favor del titular del Palacio 6 de julio.

Una vez que el Tribunal Superior reciba el dictamen del organismo que coordina Darío Vezzaro, se abocará a resolver en primer término si Daniel Giacomino tiene derecho a presentar esta acción cuando aún no se pusieron en marcha todos los mecanismos electorales previos al comicio durante el cual se renovarán las autoridades municipales de Córdoba.

Si se acepta, tal como lo hizo Marta Vidal, el derecho de Giacomino a presentar este recurso, el Tribunal Superior analizará la cuestión de fondo que pasa por determinar si el actual jefe comunal capitalino tiene derecho o no a un nuevo período de gobierno.

Seguramente, los vocales del más alto cuerpo judicial de Córdoba tendrán en cuenta como antecedente el fallo de la jueza electoral provincial, por el cual se rechazó la acción declarativa.

Tal como anticipó ayer en forma exclusiva LA MAÑANA, Marta Vidal adoptó este criterio tras considerar que el artículo 83 de la Carta Orgánica Municipal de Córdoba es claro y contundente, al señalar textualmente que “el intendente y viceintendente duran en su mandato cuatro años, pueden ser reelectos o sucederse recíprocamente por un nuevo período. Si han sido reelectos o se han sucedido, no pueden ser reelegidos para ninguno de ambos cargos sino con el intervalo de un período”.

A criterio de la magistrada, Daniel Giacomino “cumplió un primer mandato de manera parcial entre el 2003 y 2005 y seguramente terminará el segundo en forma completa. La Carta Orgánica no deja dudas en su artículo 83 al exigir un intervalo para aspirar a un tercer período. Si aceptaba los fundamentos de Giacomino, otros jefes comunales podrían renunciar tres o cuatro meses antes de terminar el segundo mandato y presentarse a la reelección, asegurando que no habían completado los dos períodos”.

El abogado patrocinante de Giacomino considera, en cambio, que el intendente ya cumplió ese intervalo fuera del municipio al ser diputado nacional entre 2005 y 2007. Además, sostuvo que el jefe comunal no completó el primer mandato de viceintendente, por lo cual tiene todo el derecho a postularse nuevamente para la reelección.

Las fuentes consultadas en el Tribunal Superior fueron coincidentes al afirmar que la apelación del Frente Grande recién se resolverá después de la feria judicial, en febrero o marzo de 2011.

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