Cooperativas y particulares podrán refaccionar escuelas y colegios

La secretaría de Obras Públicas de la Municipalidad reglamentó las exigencias para las empresas, cooperativas y profesionales particulares que se presentarán a ofertar sus servicios para poner en condiciones las escuelas y colegios de Capital antes del inicio de las clases.
Los adjudicatarios deberán consignar en el caso de empresas o profesionales particulares, todos los datos personales , estar inscriptos en el registro de proveedores de la provincia, con una capacidad mínima de 7.500 jornales, inscripción en la AFIP y Dirección General de Rentas , presentar balance impositivo o manifestación de bienes y estado actual bancario, es decir capacidad financiera y la nómina de cargos de la formación ejecutiva de la empresa.

Las cooperativas deberán presentar la nómina de la comisión directiva y/o síndico, certificada por el organismo oficial de cooperativas, nómina de socios activos actualizada, fotocopia de constancia de inscripción de monotributo del presidente y de la cooperativa, seguro y/o cobertura por accidentes, presentación del último ejercicio contable.

Obras Públicas de la Municipalidad estableció que en caso de que se incumplan los lineamientos particulares para la refacción de edificios escolares, se suspenderá la inscripción ante la Municipalidad como posible postulante de futuras obras o contrataciones.

Cabe recordar que para el período lectivo 2010 hubo una fuerte reacción de varios directores de escuelas y colegios que se manifestaron disconformes con el trabajo de las cooperativas, por el tiempo de ejecución y la calidad de los arreglos. Los directivos docentes solicitaron manejar los recursos, contratar personalmente como lo hicieron hace un par de años y efectuar las rendiciones obligatorias.

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