¿Y si los contratados van a la Justicia?

Más allá de la pelea política, el reclamo de los contratados de la Provincia y la Municipalidad por su pase a planta permanente tiene argumentos jurídicos a favor y en contra. Día a Día le pidió su opinión sobre el tema a tres reconocidos abogados laboralistas cordobeses, y lo que queda en claro es que no hay un criterio único para resolver la cuestión.
Ignacio Garzón: Sólo para casos puntuales

El abogado cordobés, especialista en temas laborales, señaló que si la polémica por los contratados se diera en el ámbito privado no habría mucho por discutir. La ley laboral –explica Garzón– dice que todo contrato es una excepción, y que deben enmarcarse como contratos de temporada, por ejemplo en la época turística; de plazo fijo, como el caso de un reemplazo de una empleada embarazada; o eventual, por una necesidad extraordinaria del empleador. Si no se da alguno de esos supuestos, los contratados son considerados empleados efectivos. “Sobre esa base, la mayoría de los contratados estatales debería pasar a planta permanente”, señaló el letrado.

No obstante ello, Garzón aclara que el ámbito público no tiene las mismas reglas, ni aplica la ley de contrato de trabajo. “El estado es soberano. Se maneja diferente. Hay pocos fundamentos jurídicos para avalar el pedido de efectivización de un contratado, fundamentalmente en contratos que no superan una sola gestión de gobierno”, entendió.

De todas formas, el abogado señaló la existencia de fallos recientes de la Cámara en lo Contencioso Administrativo que han resultado a favor de la continuidad de empleados contratados en el Estado. “Se trató de casos muy obvios, de empleados con mucho tiempo de contrato que finalmente fueron reconocidos como empleados de planta”.

En todo caso, Garzón plantea como más permeable la posibilidad de efectivización en empresas y organismos del Estado adheridos al régimen de convenios colectivos, como Epec o Vialidad Provincial. “En esos casos se puede plantear la demanda en el fuero laboral”, aseguró el laboralista.

Luis Reinaudi: Es muy difícil que ganen

Para Luis Reinaudi, abogado laboralista muy ligado a los gremios cordobeses, los contratados estatales tienen muy pocas chances de lograr su pase a planta por una vía judicial. “Lo único que les da estabilidad laboral a los empleados que trabajan en el ámbito del Estado es el acta administrativa de designación. Si no han sido designados por el gobernador o el intendente, no son empleados de planta”, afirma Reinaudi.

De todos modos, el laboralista recuerda que en los estatutos laborales está hecha la previsión para que, por razones excepcionales, se puede contratar gente. “Pero lo cierto es que los contratos se han utilizado con tal largueza, que incluso hay gente que se ha jubilado como contratado en el Estado. Y a todo esto, los jueces no han tenido el valor de decir que esas personas son en realidad empleados públicos”, criticó.

“El Estado es el peor empleador en negro. La responsabilidad es del gobernante que toma contratados livianamente, sin hacerse cargo de esa decisión. La culpa no puede ser del empleado”, dice Reinaudi, al tiempo que aclara que la mayoría de los contratados es gente que hace falta, que ocupa puestos que de otra manera deberían ser ocupados por empleados de planta.

El abogado rescata que en los últimos tiempos algunos tribunales están flexibilizando sus posiciones, permitiendo que un contratado con muchos años de servicio al menos tenga derecho a una indemnización, tal como pasa en el ámbito privado.

“Igual, la Corte Suprema ha convalidado el derecho del Estado a dictar leyes que permitan contratos sin límite, con lo que la garantía constitucional queda ilusoria”, opina.

Lucio Garzón Maceda: Son empleados efectivos

Lucio Garzón Maceda es uno de los abogados laboralistas con más trayectoria en la provincia de Córdoba. Para el letrado, la actual polémica por los contratados de la Provincia y la Municipalidad terminará por darle la razón a los empleados.

“Todos esos contratados tienen hoy el mejor de los climas para pasar a planta permanente. Es cierto que hay que ver cada contrato, pero para todos aquellos que hayan cumplido más de un período de contrato (dos años o más), la jurisprudencia dice que son empleados públicos”, sostiene.

“Judicialmente, tienen todas las chances de ganar un juicio contra el Estado. Es verdad que no se rigen por ley laboral, pero en esencia son empleados, y sería discriminatorio no considerarlos como tales”, opina Garzón Maceda, para quien 4 ó 5 renovaciones consecutivas de contrato ya implican el reconocimiento como trabajadores efectivos y los mismos derechos que el resto de los empelados de planta.

Para Garzón Maceda, en caso de que un eventual juicio llegue al Tribunal Superior de Justicia de la Provincia (TSJ) o a la Corte Suprema de la Nación (CSN), los empleados contratados tienen “todas las de ganar” para ser considerados como empleados públicos de planta permanente.

“Además –entiende el abogado–, los tribunales administrativos también tienen que hacer valer los fundamentos de razonabilidad, proporcionalidad y justicia. Por ello, si existe un estatuto que garantiza la estabilidad laboral y es el Estado el que renueva varias veces un contrato, el trabajador termina siendo un empleado público de planta”.

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