La Contaduría General de la Provincia objetó una resolución dictada por la Presidencia de la Legislatura cuando todavía era ocupada por Alicia Mastandrea, por la que la diputada rozista había creado una asignación salarial que, en realidad, debió haber sido aprobada por ley, no mediante un instrumento interno del Poder Legislativo
Movida salarial
La historia comenzó con la resolución 2889/08, que Mastandrea dictó el 10 de diciembre del año pasado, por la cual había otorgado a los empleados y retirados legislativos un aumento del 29% de los sueldos básicos de cada categoría, con carácter no remunerativo ni bonificable, que regía a partir de enero de 2009.
En agosto pasado, los diputados aprobaron una ley por la cual incorporaron aquel aumento a la escala de remuneraciones de la Cámara, con el fin de que la suma se incorporara a los básicos y produjera los ajustes automáticos de montos en conceptos como las bonificaciones por antigüedad y título, y otras que pudieren calcularse en función de los básicos.
Sin embargo, en septiembre el Poder Ejecutivo vetó la ley votada por los legisladores, y en octubre Mastandrea dicta la resolución 2497/09, en uno de cuyos artículos dispone que a partir de noviembre se pague una "asignación por ejercicio de la función", equivalente al 25% del básico y que se suma a éste para el cálculo de las bonificaciones por título y antigüedad. Es decir una mejora de varios miles de pesos para los legislativos de mayor jerarquía.
"En este estado le informa Duré a Bergia- esta Contaduría General de la Provincia verifica la existencia de liquidaciones al personal de ese poder de la bonificación especial otorgada por la resolución 2889/08 hasta el mes de octubre del corriente año, y a partir del mes de noviembre se modifica la misma sustituyéndola por una ‘asignación por ejercicio de la función’, las cuales estarían en opinión de este organismo en conflicto frente al marco de lo determinado por la ley 3.755".
Esa norma, en su artículo 3, dice que "las escalas de remuneraciones básicas y adicionales de las autoridades superiores y de todos los cargos de las diferentes categorías de personal, cualquiera sea su denominación, de los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, Tribunal de Cuentas, Fiscalía de Investigaciones Administrativas, Organismos autárquicos y descentralizados, sólo podrán ser aprobadas o modificadas por ley". La Contaduría recuerda que la ley está vigente desde junio de 1992.

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