Desde el Colegio de Graduados en Ciencias Económicas advirtieron que la reforma al Código Tributario aprobada días atrás por la Cámara “tiene graves fallas que atentan contra la Constitución y los Pactos Internacionales”. Dicen que vulnera la división de poderes y los derechos de los contribuyentes. Alarma por los “superpoderes” de Rentas.
La norma en cuestión, además de otorgarle "superpoderes" a la Dirección General de Rentas de la provincia (DGR), que conduce Pablo Clavarino, vulnerando derechos de los contribuyentes, impactará sin piedad en el bolsillo de los tucumanos, con ajustes del 50 por ciento en las alícuotas de los impuestos a partir de 2013.
Para el Colegio de Graduados en Ciencias Económicas de Tucumán (CGCET), esta medida, aprobada con el voto mayoritario del alperovismo legislativo, no es otra cosa que la instauración de "una dictadura fiscal" en la provincia.
"La sanción de la Ley que reforma el Código Tributario de la Provincia ha generado una fuerte preocupación en los contribuyentes que se ven nuevamente atacados por legislaciones que conculcan sus derechos llegando, inclusive, a ignorar al Poder Judicial", advirtió en una declaración pública el CGCET.
"Reconocemos plenamente y promovemos la facultad que tiene el Estado para cobrar sus tributos, pero en un estado de derecho, se deben respetar a ultranza los medios legales constitucionales porque, de lo contrario, el avance del Poder Ejecutivo sobre el Legislativo y Judicial es tan grave que se transforma en un modo de dictadura", sentenció la entidad profesional.
Una medida inconsulta
En primer lugar, y tras aclarar que respetan la facultad del Poder Ejecutivo de fijar la política tributaria de la Provincia, los contadores consideraron que "en una reforma tan sustancial se debería haber consultado la opinión de instituciones que mucho tienen para aportar en esta materia tales como el CGCET y el Colegio de Abogados, entre otras que seguramente hubieran observado las violaciones e imperfecciones de la ley".
Entre las "graves fallas" que, según el Colegio de Contadores, "atentan contra la Constitución y los Pactos Internacionales de raigambre Constitucional, se encuentra el artículo que 'obliga' a los jueces a otorgar las medidas cautelares a solicitud de la DGR".
En este sentido, advirtieron que "en una verdadera democracia los jueces deben proteger a los ciudadanos”.
“El Poder Judicial debe constituirse en la última defensa de la sociedad cuando el Estado trata de avasallar sus derechos", apuntaron desde la institución.
“Aberraciones jurídicas”
Los contadores señalaron que "el hecho de que nuestra Legislatura haya sancionado esta Ley que contiene aberraciones jurídicas, no quiere decir que se ajuste a derecho por el solo trámite de tener el voto favorable de los legisladores. Sabido es, y así lo enseña nuestra historia jurídica, que existen leyes sancionadas por el Poder Legislativo y que la Corte Suprema de Justicia declaró inconstitucionales", recordaron.
A continuación, desde el CGCET, que preside Patricia Manso, resaltaron que "el problema fundamental, que parece no haber sido advertido por los promotores de la reforma (tributaria) y los legisladores, es que el sistema procesal y jurídico vigente en la Provincia no garantiza mínimamente los derechos de los contribuyentes".
Al respecto, recordaron que "la Ley le otorga en forma discrecional 'superpoderes' al fisco, que tendrán como consecuencia inevitable verdaderos abusos que colocarán a los ciudadanos en un estado de indefensión aún mayor del que ya sufría con el discrecional proceder de la DGR".
También resaltaron "el avasallamiento del instituto de la Prescripción, que en varios párrafos de la reforma se desnaturaliza totalmente hasta tornarla inexistente, vulnerando la legislación de fondo (Código Civil) y declarada inconstitucional en forma reiterada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Igual tratamiento mereció la posibilidad de vulnerar el derecho de 'habeas data', de protección constitucional", añadieron en el comunicado.
“Juez y parte”
Desde el CGCET indicaron que "el organismo fiscal resulta juez y parte en los distintos procedimientos (determinación de deuda y aplicación de multas) sin otorgarle al contribuyente la posibilidad de recurrir al Tribunal Fiscal Provincial, organismo todavía inexistente en Tucumán a pesar de la ley de creación oportunamente sancionada".
Para los contadores, "son notables las prerrogativas del Fisco en su función. Por ejemplo en materia de plazos que se otorgan al contribuyente para formular descargos, ofrecer pruebas, cumplir con diversos aspectos formales de la obligación tributaria, la pléyade de presunciones a favor del fisco, las facultades discrecionales, las decisiones sobre la producción de pruebas en el procedimiento administrativo y la inversión de la carga de la prueba, y la existencia del solve et repete, entre otras", puntualizaron.
Los profesionales recordaron que "la relación jurídico-tributaria deviene de la legalidad y no de una relación de poder", tras lo cual admitieron que "ante lo expuesto la igualdad en la relación fisco contribuyente queda totalmente desdibujada".
Límites
Por otro lado, destacaron que el CGCET promueve todo tipo de medidas que tiendan a reducir la evasión impositiva así como la formalización de la economía, "pero siempre respetando los métodos que se enmarquen dentro de los límites que fija la Constitución”.
“Nuestro Código Tributario necesita imperiosamente cambios en su redacción que tiendan a recibir las opiniones doctrinarias y la jurisprudencia emanada de los más altos tribunales en torno al resguardo propicio del derecho de defensa del contribuyente", subrayaron.
Además, dijeron que "en nuestro país, la reforma de la Constitución Nacional de 1994 incorporó principios y derechos humanos básicos de reconocimiento en Tratados Internacionales y pronunciamientos de la Corte Suprema aplican tales derechos.
Así, por ejemplo, se establece la necesaria existencia de doble instancia plena, se exige que los roles de acusación y juzgamiento sean asumidos por órganos autónomos entre sí, se resguarda la garantía de juez imparcial y se señala que los jueces administrativos son incompetentes para aplicar penas, aún cuando se trate de ilícitos penales", precisaron.
“Condena a los
contribuyentes”
En resumen, desde el CGCET advirtieron que "el Código Tributario de la Provincia condena a los contribuyentes a una imposibilidad jurídica y económica de defenderse, avasallando garantías constitucionales expresas".
Por tal motivo, opinaron que "urge su revisión recordando que el monopolio de la fuerza que se delegó en el Estado tiene como finalidad defender el derecho a la vida, la libertad y la propiedad de las personas, no para que sea usado para transformar la democracia en una dictadura fiscal", sentenciaron los representantes de la institución colegiada para terminar.
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